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Derecho y soberanía, de un pájaro las dos alas |
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Claridad en la Nación
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Eduardo Villanueva Muñoz*/Especial para Claridad
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Puerto Rico es un país latinoamericano y caribeño –según los casos insulares, pertenece a Estados Unidos, pero no es parte de Estados Unidos. Tiene un desempleo oficial de más de 14% y dicen que real, de más de 20%. De la masa capacitada para trabajar, 48% trabaja y 52% no lo hace. Tenemos una alta tasa de maltrato infantil y a la mujer y se dice que 60% de la población tiene algún tipo de desorden mental. Tenemos servicios de salud deficientes, falta de vivienda pública, dependencia excesiva de producción agrícola externa, deforestación y privatización de nuestras playas públicas. Tenemos hacinamiento de estudiantes por salón y pago de salarios inadecuados a maestros, médicos, ingenieros y abogados en el servicio público. Ése es un cuadro general de la realidad socioeconómica de Puerto Rico y la manera de enfrentarla se diluye en una división perpetua entre cuatro fórmulas de estatus: la independencia, la estadidad, la libre asociación y el Estado Libre Asociado con autonomía propuesta dentro del esquema federal.
Las tres primeras opciones requieren de soberanía (poder último para decidir sobre el territorio, según la definió el Colegio de Abogados en 1962) y la cuarta opción, ELA dentro de la unión federal, excluye el ejercicio de la soberanía, porque el poder federal es supremo, sobre los estados y sobre los territorios (cláusula de supremacía). Por ese principio se peleó la guerra civil en Estados Unidos y por ello, aunque jurídicamente pueda, como república que es, autodeterminarse y conceder poderes soberanos, la realidad política dicta que no lo haría porque los demás Estados le pedirían algo similar y afectaría las bases de la unión por la cual se peleó. Por ello es que el ELA culminado, con mayor autonomía dentro del esquema federal, es una concesión casi imposible, aunque jurídicamente pueda tener alguna remota posibilidad.
Los poderes necesarios para atender los problemas sociales que tiene nuestro país, existen en la soberanía fuera de la unión (independencia o libre asociación) o en la integración, que no es igual a la Estadidad, es la unión con Estados Unidos, como ejercicio de autodeterminación de un país soberano a otro país soberano (Resolución 1541 ONU). Lo demás, es como decía Lloréns, “humo esfumándose en el cielo”, para ganar elecciones. Los abogados tenemos que conocer y dominar estos conceptos porque derecho y política se imbrican. El derecho lo hacen los políticos y la política como el derecho, es poder de tomar decisiones autoritativas para toda la sociedad.
Si el poder último sobre Puerto Rico reside en otro país, ese poder se ejercerá por el país interventor para proteger sus intereses fundamentales. Por eso Puerto Rico necesita soberanía, poder para atender sus intereses fundamentales, conforme a nuestros recursos, a nuestro entorno geográfico y a nuestra personalidad sociohistórica. Por eso, Finlandia, Singapur e Irlanda nos han pasado por el lado en cuanto a desarrollo económico, aun con menos territorio y más población en algunos casos que Puerto Rico.
Cuando se resuelva el problema colonial, atenderemos con urgencia la realidad social que describí al principio y habrá tiempo para hablar de poesía, música, deportes, artes y eventos sociales. Lo primero, es lo primero, luego vendrá el derecho, hecho por nosotros mismos como instrumento de justicia social.
* El autor es abogado y fue Presidente del Colegio de Abogados de Puerto Rico.
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