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NaciÓN

“La consulta de ubicación no es un permiso”

 

Entrevista con José Rivera Santana

CLARIDAD

ccotto@claridadpuertorico.com

“Mejorar el sistema de permisos es posible, todo lo que se pueda implantar, diseñar, pero para que ocurra debe hacerse siempre y cuando no se afecte y se derrote el interés público”, apuntó en entrevista con CLARIDAD el planificador José Rivera Santana.Desde esa óptica, los proyectos para una “reforma de permisos”, que se apresta a volver a considerar la Legislatura en esta segunda sesión, el PC 1213 radicado por la gobernadora y el PS 1183 del presidente del Senado, no hacen ninguna falta.

El no afectar y derrotar el interés público tiene que ver con una buena planificación, el mejor uso del suelo y la seguridad de la gente ante las actividades que se vayan autorizar mediante permisos que se concedan. Ya sea actividades de construcción o permisos de uso de ciertas actividades, el principal requisito es que el permiso sea uno  responsable. Un permiso responsable es aquel que garantiza una buena planificación del territorio, la seguridad de los ciudadanos y el derecho de la gente a hacer uso de las distintas actividades que quiera realizar y a las que tenga derecho, expuso.

Ante el hecho de que no todo se puede construir, ni en cualquier parte, el  sistema de permisos tiene como fuente principal las políticas de uso de suelo que están contenidas en el Plan de Uso de Terrenos (PUT) y en las leyes aprobadas mediante legislación. Esas fuentes de donde  parte el sistema de permisos no pueden ser derrotadas, apuntó. Una de las cosas que saltan a la vista cuando se analizan ambos proyectos es que el sistema de permisos propuesto  derrota las políticas del uso de suelo y las políticas de planificación.

En otras palabras, se refiere a aspectos como el  PUT, a las leyes que protegen la zona del Karso, las de designar reservas agrícolas, la protección de los suelos rústicos especialmente protegidos, reservaras naturales, las leyes que tienen que ver con el manejo y uso responsable de protección de toda la zona costanera.  En el caso de la zona costanera  no solo tiene leyes, sino que, de hecho, existe el Programa de Manejo de la Zona Costanera que es uno en conjunto con agencias federales y el Gobierno de Puerto Rico, en especial con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y la Junta de Planificación (JP), las cuales tienen la responsabilidad de formular el plan y velar que se implante en toda la zona costanera de Puerto Rico. “Todas esas políticas aprobadas son agredidas o invalidadas de aprobarse tanto el proyecto de la gobernadora como el de Rivera Schatz”, indicó.

Otra dimensión del proceso es la garantía de la participación ciudadana. “El proceso tiene que ser responsable con garantizar a los ciudadanos la transparencia y la participación en dichos procesos, y en ambos proyectos se restringe la participación ciudadana, para no hablar de la Ley 82 que ya aprobaron y que estaba contenida en el proyecto de la gobernadora”.

La consulta de ubicación

El planificador que participó del Consejo Asesor para la JP en la preparación del PUT, puntualizó que la consulta de ubicación no es un permiso. Lo importante de la consulta de ubicación es que se trata de la solicitud de un uso que no está contemplado en la zonificación, en la calificación, ni en el PUT, ni en el plan territorial del municipio ni  está avalado por la política pública.

La necesidad de llevar a cabo una consulta de ubicación responde a que se trata de un uso o actividad en un lugar que se supone que no se haga. Por ejemplo, el proyecto Esencia requiere una consulta de ubicación porque  la calificación  del suelo es suelo rústico especialmente protegido y claramente esa calificación  establece que lo que propone Esencia no está permitido, además de por la zonificación.

Otra de las razones para la llevar a cabo una consulta de ubicación es si el proyecto es uno a gran escala. La  reglamentación de la JP  establece que debe hacerse una consulta de ubicación porque no se sabe el impacto que pueda tener el proyecto de una escala grande, por tanto es importante saber si en efecto el lugar se puede considerar  para hacer el proyecto.

Otro  ejemplo que trajo es el de la necesidad de una consulta de ubicación fue la construcción del Paseo Lineal en Puerta de Tierra. Este requería una consulta de ubicación, porque en el área donde se iba a construir —y que en efecto se construyó— es una zonificación dotacional. En específico, esa  zonificación establece que proyectos de esa escala no se pueden autorizar de manera automática, tiene que haber una evaluación.

Con la Ley 162 del 2009, de Reforma de Permisos, se eliminó la obligatoriedad de llevar a cabo vistas públicas para todas las consultas de ubicación. La celebración de vistas públicas para una consulta de ubicación quedó limitada principalmente a casos de recalificación  de suelos o variaciones significativas de uso. Además, la facultad de llevarla a cabo le fue transferida a una Junta Adjudicativa, en la Oficina de Gerencia de Permisos (OGP).

Rivera Santana resaltó  que aunque no es obligatorio la celebración de una vista pública y la participación ciudadana  en la consulta de ubicación,  sí debe haberla por la razón lógica de que  se trata de algo discrecional, debido a que  la política pública no lo avala o lo que se está proponiendo es para un lugar que no está zonificado y, como no está zonificado, no hay una política pública  establecida.  Denunció que aunque  no es obligatoria la participación ciudadana, el uso y costumbre  de la Junta Adjudicativa era celebrar vistas públicas, hasta que llegó el proyecto Esencia.

El planificador recalcó la pertinencia de la participación ciudadana en la consulta de ubicación, ya que en esta se toman en consideración los impactos que puedan tener lo que se está proponiendo, las consecuencias negativas para los recursos naturales, para el entorno urbano, así como la contaminación, las personas o que el proyecto está fuera de escala que desborda la capacidad de la infraestructura. En el caso de Esencia eso es claro, entre otros aspectos.

Las quejas sobre los procesos de permisos

 Cuestionado sobre qué tan difícil es un proceso de permisos, por ejemplo, para un pequeño comerciante como alegan los sectores que avalan los proyectos presentados, Rivera Santana reconoció que sin  duda hay casos donde no hay razón para que no se haya otorgado el permiso, por ejemplo, lo que se llaman los permisos ministeriales, que es cuando la zonificación permite el uso  que se pretende. Presentó como ejemplo un local en el centro urbano de Río Piedras, en donde la  zonificación  es comercial. Si la persona interesa poner una hospedería  y la zonificación lo permite, ese es un permiso ministerial, por lo que no hay razón para que no se dé, siempre y cuando el proponente pruebe que es dueño de la propiedad o tiene un contrato de alquiler y cumpla con los requisitos de ley. En este caso, por ejemplo, permiso de bombero, si tiene restaurante, el certificado de salud. Estos son unos requisitos lógicos que hay que cumplir.

“Si el peticionario cumple con los requisitos no hay razón para que no se dé el permiso y se emita rápido. El tiempo que puede tomar es el tiempo que le tome al proponente someter los documentos”.

Al respecto, atribuyó los retrasos en la otorgación de permisos a la falta de recursos de las agencias, la falta de tecnología, capacidad técnica y gerencial  más que a las políticas públicas y a la normativa.

En el caso de proyectos ambientales a  gran escala, denunció que hace falta que el DRNA tenga más técnicos para intervenir y poder emitir comentarios en un periodo de tiempo en que no comprometa un recurso natural por un problema de falta de capacidad y recursos humanos.

Rivera Santana dijo creer que el Centro Unido de Detallistas (CUD), el cual participó de la redacción del proyecto de la gobernadora, está exagerando cuando dice  que todo el que solicita permiso tiene problemas, porque se le expide tarde. Insistió en que la demora está en la falta de recursos de las agencias o, en ocasiones, porque el proponente  no sometió la  documentación completa, no probó que es el dueño de la propiedad o no tiene un contrato de alquiler, entre otros aspectos, o es un uso que no lo avala la zonificación y entonces tiene que ir por consulta de ubicación y por consulta de ubicación el proceso va a tomar más tiempo.

En esa línea, describió varios tipos de conducta  o experiencias en el proceso con el proceso de permisos. Están las personas que desconocen que se requiere un permiso  para la actividad que interesan e invierten en el negocio y no obtienen el permiso.  Hay otras personas que, conscientes de que la zonificación no  permite la actividad propuesta, insisten y se van por la consulta de ubicación, por lo que no puede reclamar después que se atrasó.  Y está la persona que es consciente, que sabe que se va a tardar, pero tiene una gran confianza de que van a  aprobar su proyecto por sus conexiones políticas o la corrupción. “Hay un componente de la jaibería,  que quiere de todas formas imponer su negocio por encima del interés público”.

Agregó que también está el problema de los gestores y profesional autorizado. Por esto último, exhortó a que cuando una persona le solicite la gestión de un permiso, y sabe que no se puede,  si es responsable y está comprometido con la conservación y las leyes, debe orientar a la persona que no gaste dinero ni tiempo. “Eso, creo que las personas lo van a agradecer. En muchas ocasiones son personas que no tienen muchos recursos, que hipotecaron su casa. Por esos sí me da mucha pena que no se les informó bien”.

Rivera Santana  concluyó su entrevista  haciendo hincapié en la necesidad de que de manera constante se ofrezca  divulgación sobre los procesos de permisos..