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Siguen pulseando el gobierno y LUMA

 

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ccotto@claridadpuertorico.com

La decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de acoger las demandas presentadas por el Gobierno de Jenniffer González Colón que pretenden cancelar el contrato de LUMA Energy evidencia que no hay duda de que este es un procedimiento que le urge al pueblo de Puerto Rico que se resuelva.

Consultado sobre la determinación de ese tribunal, emitida el 8 de agosto, el licenciado Luis Santini Gaudier, quien fue representante del interés público en la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), expuso que, del tribunal de acoger el caso, no hay duda de que este es un procedimiento que urge al pueblo de Puerto Rico que se resuelva. “No lo va a resolver el pueblo de Puerto Rico, lo va a resolver el tribunal. Pero le urge al pueblo de Puerto Rico que se resuelva si LUMA se va o se queda”.

A juicio de Santini Gaudier, la controversia del caso presentado por el Gobierno es sencilla —aunque aclara que él no la hubiese planteado tan sencilla. Explicó que debido a que cuando se presenta una demanda en el tribunal se tienen que incluir todas las causas de acción de a quién se va en contra, no se puede escoger fraccionar una causa de acción y si esa no sale bien después radicar otra.

Resaltó que lo que está pendiente en el tribunal ahora mismo es si era necesario el voto unánime de todos los miembros de la Junta de Gobierno de la AP3 para aprobar la extensión del contrato suplementario de LUMA. De acuerdo con la Ley 129 del 2009, se supone que hubiese un voto unánime de los miembros de la junta para que se pudiera renovar el contrato. De no ser unánime, se supone que no se hubiese aprobado, debido a que hubo dos votos abstenidos. Por tanto, no se puede considerar que fue una votación unánime. Los votos abstenidos fueron los de Liza Ortiz y Héctor Ferrer, ambos como representantes del pueblo.

El licenciado Santini, quien también participó del estudio que hizo el Colegio de Abogados sobre el contrato original de LUMA, entiende que tanto el contrato original como el complementario son nulos. Apuntó que a la demanda presentada por el Gobierno él le hubiese añadido la falta de la negligencia con la que ha actuado LUMA e incluso que LUMA se constituyó después de que se le adjudicó el contrato por la AP3.

“Es decir, LUMA no participó, no licitó en ese contrato porque quienes licitaron fueron las compañías matrices ATCO y Quanta y IEM”. De hecho, Santini Gaudier radicó una querella ante la Oficina del Contralor, ya que se supone que cuando se hace una subasta, los interesados tienen que participar en la subasta. Cuestionó cómo se le adjudicó un contrato a una entidad que se constituyó después que pasaron todos los procesos y fue adjudicado a una entidad que no existe en derecho. Denunció que el contralor no ha hecho nada con la querella.

En cuanto al caso ante el tribubal, afirmó que este está partiendo de la premisa de que el contrato original es válido y que una extensión que estaba por vencer, el último día, la AP3 se reúne y lo extiende. “Eso fue lo que presentó el Gobierno y la AP3, por lo que no se presentó un caso en todos sus méritos”. En tono enfático expuso que el informe del Colegio de Abogados, además de comprobar que el contrato original de LUMA es nulo en derecho, contiene todos los incumplimientos de LUMA. El informe se les envió a todos los candidatos a la gobernación, a la Oficina del Contralor y hasta a las agencias federales. “No le hicieron caso”.

Por su parte, el licenciado Rolando Emmanuelli Jimenez, señaló en entrevista sobre la decisión del TS de acoger el caso que esta fue cinco a cuatro y que dos de los jueces del ala conservadora progubernamental se mudaron a la disidencia. Ello refleja que hay una disputa bien grande y que el caso está listo para que el tribunal lo atienda. El punto, dijo, sería si los documentos y los textos que las partes puedan presentar son suficientes para que el tribunal resuelva el caso. El Tribunal Supremo le dio 30 días al gobierno para que presente sus alegatos y 30 a LUMA para refutarlos.

Una vez el caso quede sometido en ese plazo de 60 días, el licenciado Emmanuelli Jiménez estima que el tribunal podría tomarse entre otros 30 a 60 días más en resolver, “lo cual es bien interesante porque el tribunal podría dar por terminado el contrato de LUMA y establecer que es nulo. Hay que fijarse que la opinión pide que las partes le muestren al tribunal sobre los remedios de transición. Eso lo que está anticipando es que puede haber una anulación del contrato y habría que mediar sobre el proceso de transición que obviamente sería a base de lo que establece el contrato, porque eso está bien pensado ahí”.

Al preguntarle si LUMA podría asumir una “transición eficiente”, en caso de que el tribunal determinase que el contrato es nulo y ordenase una transición, el licenciado Emmanuelli Jiménez reaccionó: “Esa es la pregunta de los 64 mil chavitos”.

El licenciado, que también participó en el estudio del Colegio de Abogados y ha estado inmerso en todo el proceso legal de la deuda de la AEE como representante de los retirados, alertó de que una transición hacia otro operador privado sería un error garrafal. “Ya es evidente que en un sistema como este no puede pasar a una operación privada. La que venga va a ser peor”.

En su opinión, la única alternativa razonable que tiene el Gobierno es enmendar la ley de manera sustancial para que la AEE sea “una autoridad autónoma, democrática, sin politizar y profesional. Que se corrijan los defectos de la ley que ocasionó toda esa politización y que vuelva a ser un ente público. Esa es la gran decisión que tiene que tomar el pueblo de Puerto Rico. Volver a otro operador nos va pasar igual que con la Autoridad de Acueductos”.

Al igual que su colega, el licenciado Emmanuelli Jiménez recalcó que el contrato original de LUMA es nulo por ser leonino y que la extensión fue algo que el Gobierno sacó después. Expuso que si el Gobierno prueba las alegaciones de la demanda de que el contrato es nulo, esto no generaría derechos ni obligaciones para con LUMA y, por ende, habría que entrar en un proceso de transición que podría incluso conllevar que LUMA tenga que devolver las prestaciones, es decir los $135 millones que ha recibido por operar.

Respecto a si, no conforme con la determinación, LUMA podría apelar y a cuál foro, indicó que la única oportunidad sería que hubiese algún punto federal, tendría que acudir al Tribunal Supremo de EE. UU., acción que es cuesta arriba porque dicho tribunal solo atiende el 1 % de los casos que se le presentan.