¿Tiene usted una estufa en su casa?
Hace algunos días un amigo me comentaba sobre la controversia que recién se ha suscitado entorno a la concesión de las credenciales de prensa por parte del Departamento de Estado, y cuyo extremo ha llegado a cuestionar quién es periodista y quién no.
Antes de adentrarme en el improvisado debate, le pregunté a mi amigo, abogado de profesión: “Oye, ¿tú tienes una estufa en tu casa?”.
Sin ni siquiera detenerse a pensarlo me contestó: “Claro que sí”.
“Entonces, ¿desde cuándo eres chef?”, pregunté.
El intercambio que se suscitó entonces fue cuasi telegráfico.
“Pero es que yo no soy chef”.
“Pero tienes una estufa”, contesté.
“Pero eso no me hace chef”, ripostó.
“Exactamente”, dije yo.
Y de eso es de lo que se trata el debate sustantivo sobre quién es periodista o no.
El hecho de que una persona cualquiera disponga de una página en “Facebook”, en “TikTok”, en “Instagram” o en cualquiera otra plataforma de redes sociales no la convierte automáticamente en periodista. De igual manera que cualquiera con acceso a una estufa no se convierte en chef por ese sólo hecho, cualquiera que tenga acceso a las herramientas de comunicación digital usadas por periodistas bona fide como parte de su trabajo diario tampoco se convierte en periodista.
Reconozco que el ejemplo, aunque muy ilustrativo, puede ser considerado por algunos como inadecuado porque no existe ninguna protección constitucional explícita en torno al derecho a cocinar, mientras que la libertad de expresión y la libertad de prensa son prominentemente protegidas por la Constitución. Esto es así indistintamente de los mecanismos que se utilicen para ejercer esos derechos.
Los desarrollos tecnológicos de las últimas décadas han auspiciado nuevos medios de comunicación que han venido a democratizar tanto el acceso, como la difusión de la información. En este nuevo escenario de medios surgen los llamados creadores de contenido que, con distintos niveles de consistencia, pueden publicar en sus plataformas información noticiosa de interés público. Es importante decir aquí que al periodista no lo define la plataforma que utiliza para su trabajo, sino la función que cumple, la cual viene caracterizada por ofrecer al público información veraz, corroborable, equilibrada y relevante, entre otras consideraciones.
Debo reconocer que existen múltiples creadores de contenidos que son experimentados periodistas que han optado por desarrollar sus propios medios de comunicación desde las distintas plataformas tecnológicas disponibles y apegándose a los requisitos generalmente aceptados para el ejercicio periodístico. Estos periodistas ejercen el oficio desde reconocidas plataformas como: Bonita Radio, Sin Comillas, 9 Millones, Es Noticia PR y ¡Ey! Boricua, entre otros más.
No obstante, existen otras plataformas de comunicación desde las que, sin apegarse a los requisitos periodísticos, sus creadores reclaman estatus de periodistas. Y he aquí, el origen de la controversia.
El problema, según expuesto por estos creadores de contenido, es que no se les reconoce como periodistas aun cuando reclaman ejercer el periodismo de manera independiente –sin estar vinculado medios de comunicación tradicional o reconocido.
Desde su particular punto de vista, el contenido que producen es noticioso y de interés público, igual que el de cualquier periódico, estación de radio o noticiario televisivo. Por tal razón, algunos de ellos han acusado al Departamento de Estado de violar su derecho a la libertad de prensa al negarles una credencial que los acredite como periodistas.
Pero, ¿es noticiosa la información publicada por estas personas? La contestación es sí. Pero, ojo… eso no las hace periodistas, como tampoco el haber cocinado un bistec con tostones convierte a mi amigo abogado en un chef. Claro, ambos productos – la información publicada y el bistec con tostones– son consumibles por sus respectivos públicos, pero ambos carecen del rigor que demandan las respectivas disciplinas en su preparación.
Como he mencionado, la información noticiosa que se divulga al país como producto de un ejercicio periodístico debe ser veraz, corroborable, oportuna y libre de sesgos e intereses particulares. Sin pretender considerar su temática, los contenidos que publican estos creadores que reclaman ser periodistas independientes carecen de la disciplina y el rigor generalmente reconocido en el ejercicio periodístico. Estas coberturas se fundamentan principalmente en la publicación de grabaciones audiovisiales de eventos o conferencias en las que, casi exclusivamente, se presentan sus intervenciones planteando cuestionamientos sesgados y muchas veces faltos de equidad en el tratamiento a las personas objeto de la cobertura. Las gestiones de estos creadores son denunciadas frecuentemente como desvinculadas de los propósitos de los eventos de cobertura, o asuntos relacionados, y disruptivas.
No obstante, lo cierto es que los derechos de libertad de expresión y de prensa no están limitados por sus motivaciones, o cuan torpe y desorganizado sea el ejercicio de los mismos. En el caso de estas personas, el hecho de que el gobierno les niegue una credencial que los acredite como periodistas bajo ninguna ciscunstancia les coarta su derecho a la libertad de expresión o a la libertad de prensa. Ellos pueden continuar expresando las denuncias o desmanes que entiendan comete el gobierno en contra de la ciudadanía y para así hacerlo pueden valerse de cualesquiera plataformas cibernéticas disponibles o incluso de medios de comunicación tradicionales.
Entonces, ¿por qué el interés en la credencial del Departamento de Estado? La respuesta es: acceso. O al menos la percepción de tenerlo. Es un hecho el que la tenencia, o no, de una credencial de prensa emitida por el gobierno no obliga a nadie, que así no lo desee, a dar acceso a personas a eventos o información. Recordemos la reciente directriz de la Gobernadora Jenniffer González que obliga a los periodistas que pretendan a acceder a La Fortaleza para la cobertura de cualquier evento a no solamente poseer la credencial que emite el gobierno, sino además a notificar de su asistencia con 24 horas de antelación.
Tampoco debemos pasar por alto que, aun teniendo usted la credencial del gobierno, no se le garantiza el acceso (al menos a La Fortaleza), de igual manera que el no tenerla tampoco significa que le vayan a prohibir el mismo. Baste recordar el también reciente incidente en el que a una de estas personas que reclama ser periodista independiente se le impedía la entrada a una conferencia en La Fortaleza porque no tenía la credencial del gobierno, mientras que a un periodista televisivo se le permitía el paso aun sin tenerla.
Debo decir que en mi experiencia, fuera de eventos especiales (mensajes de Estado o Presupuesto, juicios prominentes, visitas de funcionarios extranjeros, etc.) la credencial del gobierno ha sido muy escasamente requerida. Reconozco que eso pudiera cambiar bajo esta administración, aunque la nueva norma parece ser de aplicación selectiva.
Entonces, si la mentada credencial no te garantiza accesos, ¿qué función práctica tiene, si alguna?
Yo la considero un recurso más en la caja de herramientas del periodista. La credencial del Departamento de Estado no es indispensable para el periodista haga su trabajo, pero a veces resuelve.
En el caso de los creadores de contenido independientes sólo puedo especular sobre el uso que pudieran darle a dicho documento. Sin embargo, a juzgar por los contenidos publicados, parecería que estas personas interesan agenciarse esferas de influencia desde las cuales impulsar y adelantar sus particulares visiones e intereses, caracteriza sus gestiones como más cónsonas con las de los analistas, o los “influencers”.
*El autor es un periodista con más de 30 años de experiencia y expresidente de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO).



