
El Proyecto del Senado 63, aprobado atropelladamente, sin vistas ni discusión, en el Senado de Puerto Rico en octubre, y enviado a la Cámara de Representantes hace unos días para acción expedita, representa un obstáculo adicional al derecho de nuestro pueblo a estar informado sobre la gestión que, en su nombre, realiza el Gobierno de Puerto Rico. De aprobarse este estatuto en la Cámara de Representantes, se modificaría la existente Ley 141 de 2019, conocida como Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el acceso a la Información, haciendo aún más tortuosa y difícil la obtención de información oficial por parte de la prensa, organizaciones de la sociedad civil, o individuos interesados. En fin, que una ley imperfecta y carente de garras como la Ley 141, impondría plazos de tiempo mucho más largos y cargas adicionales al ya dificultoso camino para la obtención de información y datos sobre la gestión pública.
Nadie se llame a engaño. Contrario a lo que se pretende presentar, esta no es una propuesta para aumentar la eficiencia en la implantación de procesos de requerimiento y entrega de información oficial. Este es un proyecto de naturaleza estrictamente política, diseñado para obstruir en vez de revelar. Para encubrir en vez de facilitar, y para darle largas y ahogar en un mar de excusas los requerimientos de las organizaciones de prensa y el público que les permitan fiscalizar y exigir rendición de cuentas por su gestión al gobierno de Puerto Rico.
Es una medida defensiva por parte de una Legislatura y un gobierno que se sienten asediados y sin control de la gestión pública que se comprometieron a ejecutar con diligencia y pulcritud cuando fueron electos a sus cargos. Una medida impositiva y apresurada que ha sido rechazada de forma unánime por la oposición política al gobernante Partido Nuevo Progresista (PNP).
Están en récord oponiéndose las delegaciones del Partido Popular (PPD), del Partido Independentista (PIP), el senador independiente Eliezer Molina y la senadora que hasta hace unos días representó al Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve. Tambien, existe oposición entre muchas organizaciones de la sociedad civil y representativas de comunidades que expresaron su rechazo, entre otras, las organizaciones de prensa, Overseas Press Club (OPC), Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO) y Centro de Periodismo Investigativo (CPI), así también reconocidas entidades de derechos civiles y humanos como el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR) y la Unión Americana de Libertades Civiles en Puerto Rico (ACLU).
Por otro lado, hubo ponencias de oficiales del Gobierno avalando la medida legislativa, entre estas la de la Secretaria de Justicia, Lcda. Lourdes Gómez, que levantó más dudas que las que aclaró. Entre las razones dadas por ella para avalar el PS 63, es que «el proyecto promueve un balance adecuado entre el derecho constitucional de acceso a la información y la capacidad operacional de las agencias públicas». Esto es como admitir que sólo duplicando el plazo de entrega de información de 20 a 40 días laborables se podría alcanzar el balance adecuado entre un derecho garantizado por la Constitución y el ritmo al que funciona la burocracia gubernamental. Una admisión muy reveladora del estado crítico en que se encuentra el indicador de ejecución en este gobierno.
Los gobiernos autocráticos y dictatoriales se nutren y sostienen de la ignorancia y el oscurantismo de los pueblos. Por el contrario, en el gobierno democrático no deben existir cortapisas al libre flujo de información pública relevante para la ciudadanía. Esto presupone que en las mejores formas de gobierno, existen procesos claros y rápidos para atender y completar los requerimientos de información pública pertinente a las y los ciudadanos. Sin embargo, en Puerto Rico, que se precia de tener un gobierno representativo y democrático, la transparencia, la rendición de cuentas y el libre flujo de la información sobre la gestión pública van en retroceso. El P. de S.63 es una propuesta mal concebida que no cumple el propósito de agilizar los procesos contenidos en la ya imperfecta Ley 141 vigente. Duplicar plazos, añadir cargas y nublar procesos para evitar la rendición de cuentas y la fiscalización adecuada, no solo es un retroceso en el corto tramo de terreno ganado para la transparencia en la gestión pública, sino también una táctica política torpe que, como ha pasado antes, terminará por destapar toda la podredumbre que hoy se pretende encubrir bajo el manto de una legislación inútil.


