El caso se llama Ramón Lugo Morillo vs Elizabeth Natera Bonilla. En el mismo, el Tribunal Supremo permite que Ramón Lugo Morillo desahucie y deje sin hogar a su compañera consensual de más de 20 años, después de un incidente violento en que la víctima, Elizabeth Natera Bonilla, temiendo por su seguridad física y emocional, llamó a la policía. Elizabeth Natera Bonilla llamó para que convencieran a Lugo Morillo de salir del hogar de ambos hasta que él se calmara. Al parecer ni querella quiso hacer.
Todos los datos y contexto que procederé a contarles, se hicieron disponibles al Tribunal Supremo, desafortunadamente, Rafael Martinez Torres, Erick Kolthoff Caraballo, Edgardo Rivera García, Roberto Feliberti Cintrón (en adelante llamados los 4 machos del TS,) y Mildred Pabón Charneco 1 , junto con dos tribunales inferiores, negaron a Elizabeth Natera Bonilla la oportunidad de defenderse, precisamente en el juicio cuyo resultado fue permitir que la desahuciaran de su propia casa, la casa donde crió a sus hijos, hoy adultos, con Ramón Lugo Morillo, la casa en la que ambos vivían y donde ella lo ayudó a estudiar y hacerse profesional. Los 4 machos del TS y Pabón Charneco dijeron, y repitieron, que para ellos es suficiente que el nombre del maltratante, sea el único nombre en el título de propiedad. Un momento de solidaridad con una de las formas de violencia más comunes contra las mujeres, el control económico.
Los hechos no disputados:
- Elizabeth Natera Bonilla, una mujer negra, está en una relación de pareja con Ramón Lugo Morillo desde hace 27 años.
- Juntos criaron cuatro hijes, dos al día de hoy ya fallecieron, quedan dos, hoy adultos.
- Elizabeth Natera Bonilla ya tenía una relación con Ramón Lugo Morillo, cuando él decide estudiar en la Politécnica.
- Elizabeth todo el tiempo lo apoyó emocional y económicamente para que se hiciera un profesional. Fue con el producto del trabajo y esfuerzo de ambos qué pudieron comprar la casa en cuestión.
- Elizabeth Natera Bonilla siempre trabajó y contribuyó al hogar de ambos.
- Además de trabajar, Elizabeth Natera Bonilla realizaba los trabajos domésticos y de crío de los hijes hasta que llegaron a la mayoría de edad.
- Juntos compraron un carro a nombre de Elizabeth Natera Bonilla qué luego se puso a nombre exclusivo de Ramón Lugo Murillo.
- El mismo Ramón Lugo Murillo dijo en corte qué nunca pensó que Doña Elizabeth no tuviera derecho a vivir en su casa de más de 17 años hasta que ella, temiendo por su seguridad, llamó a la policía.
Todos los tribunales hasta el supremo, la reconocieron como precarista.
Precario 2 1. adj. De poca estabilidad o duración. inestable, inseguro, frágil, provisional, temporal, efímero2. adj. Que no posee los medios o recursos suficientes. escaso, apurado, limitado, pobre, insuficiente, carente.3. adj. Der. Que se tiene sin título, por tolerancia o por inadvertencia del dueño.
La ironía es enorme, porque sí, se puede decir que, en Puerto Rico, la condición económica de las mujeres es mayoritariamente precaria. También se puede decir que la seguridad e integridad física de las mujeres es precaria. Ahora, con esta decisión, también es claro que las posibilidades de víctimas de maltrato de ser escuchadas en las cortes, también es precaria, sobretodo si llaman a la policía temiendo por sus vidas y el maltratante decide desahuciarles de sus casas. Palo si bogas, palo si no bogas.
Elizabeth Natera Bonilla individualmente es una mujer precarista, una mujer negra bajo el control económico de su pareja, acaba de descubrir que está en la calle; ni casa, ni carro, ni nada. Elizabeth no es una excepción, hay muchas mujeres en la misma posición, por eso es que esta decisión de la corte, con entero conocimiento de lo que hacen, es tan abominable. Miles de mujeres viven, en precariedad, aun cuando por décadas les han criado hijas e hijos a sus parejas. Miles de mujeres viven en situaciones donde su integridad física y mental es precaria. Miles de mujeres viven, aun cuando trabajan, bajo el control económico absoluto, del maltratante, que al igual que Ramón Lugo Morillo, lo tiene todo a su nombre. Miles de mujeres también sufren un limitado y precario acceso a la justicia, porque el Tribunal Supremo les prohíbe presentar prueba, añadir contexto, narrar la precariedad de sus vidas amenazadas de desacato con la excusa tonta y cobarde de que el proceso es sumario. Aclaro, que los 4 machos del TS, y Pabón Charneco, tienen el poder de devolver el proceso a las cortes inferiores y convertir el proceso en uno sumario 3 , a uno ordinario. Eso ni lo dicen ni lo escriben en su escueto pero arrogante y prepotente párrafo de negación de Certiorari, alegando no poder hacer nada. Cabe añadir que estas reglas están diseñadas para propiedades que están en el mercado de rentas, no hay prueba alguna sometida que Ramón Lugo Morillo estipule que necesita poder rentar la casa. Ramón Lugo Morillo, con su frágil y herido ego, simplemente quiere vengarse. Si ella me llama la policía, yo la puedo desahuciar. Es esta miserable venganza la que la corte apoya y valida con su decisión.
“…La alegación de que existe una comunidad de bienes entre dos personas no derrota una acción de desahucio instada por el único dueño de una propiedad. Mucho menos crea un conflicto de título entre ambos. A lo sumo, la comunera 4 tiene derecho a probar la existencia de la comunidad en otro pleito y a ser resarcida por su aportación5 ., si prevalece. Eso no se dilucida en una acción de desahucio, por lo que cualquier pregunta al respecto es impertinente a lo que el Tribunal tiene ante sí. 6 El desahucio se reclama mediante el procedimiento sumario estatuido. En todo caso, los derechos de la comunera 7 . se deben atender en un pleito separado que no es este. Cualesquiera otros argumentos o teorías son ajenas al Derecho 8 .. (enfasís míos)
No dicen los 4 jueces machos del TS, ni Pabón Charneco, al derecho de quien se refieren en la última oración, el derecho del maltratante? ; ¿del que más poder económico tiene? Ciertamente no hablan del derecho de Elizabeth a recibir justicia en el más alto foro judicial de Puerto Rico.
los 4 machos del TS, y Pabón Charneco lo saben bien, los procesos de desahucio en Puerto Rico, son sumarios para que nunca, ni ellos, ni Pabón Charneco, tengan que escuchar esas historias de comuneras, de precaristas. Porque no se trata de justicia, se trata de desahuciar. En eso los 4 machos del Tribunal Supremo, y Pabón Charneco, están claros, su labor es solo garantizar desahucios a la clase económica a la que sirven. Ni política pública, ni la preocupación por el mensaje que envían, ni la falta de consistencia con el reciente anuncio de la Corte Suprema en la que con bombas y platillos alegan cooperar con Justicia y con la policía para mejorar el trato en las cortes a las mujeres víctima de maltrato físico y/o económico en Puerto Rico. Una cosa son sus comunicados de prensa y otra es lo que continúan haciendo en las mismas cortes día tras día, socavando esos mismos acuerdos que con bombos y platillos leemos y escuchamos en los miedos noticiosos, tan huecos, como hueco deben tener el espacio en su consciencia donde debiera haber un compromiso con la Justicia y con el pueblo de Puerto Rico.
Otros hechos también innegables en este caso abominable, donde Elizabeth Natera Bonilla fue silenciada:
A la defensa de Elizabeth se le prohibió hacer preguntas sobre la comunidad de bienes.
A la defensa de Elizabeth se le prohibió hacer preguntas sobre su trabajo todos los años que vivieron juntos y sus aportaciones económicas.
A la defensa de Elizabeth no le permitieron hacer preguntas sobre el apoyo económico que ella proveió mientras Ramón Lugo Morillo estudiaba ingeniería.
No le permitieron a Elizabeth la precarista, la comunera, la desahuciada, tan siquiera defenderse, borraron sus últimos 27 años de vida.
La Justicia no es ciega, en este caso, los 4 machos del TS y Pabón Charneco, le pusieron la venda.
Además de silenciarla en el Tribunal Supremo, los 4 machos del TS, y Pabón Charneco, también se aseguraron de dejarla sola, sin aliados:
- La organización Ínter-mujeres Puerto Rico compareció mediante solicitud de intervención en carácter de Amicus Curiae.
- [n]o reconocer el trabajo de cuidados que realiza una de las personas integrante de la pareja, sea matrimonial o de hecho, por años atenta contra el derecho fundamental a la igualdad. No reconocer […] su trabajo en el hogar, el cuidado de la prole, la preparación de alimentos o las contribuciones a los gastos cotidianos familiares, coloca a una parte en situación de desventaja, desigualdad y permite un enriquecimiento injusto de quien pudo lograr sus metas profesionales o adquirir propiedades gracias a que la otra parte de la pareja mantenía todo a flote en el hogar. 9
- La organización Ayuda Legal Puerto Rico que precisamente atiende comunidades marginadas, discriminadas o empobrecidas las cuales entre muchos otros problemas sociales también pudieran perder sus hogares compareció mediante solicitud de intervención en carácter de Amicus Curiae, con un expertise que la corte no quiso apreciar.
- [n]o admitir el proceso ordinario es el equivalente de silenciar, Vía judicial, la voz de una mujer que alega que por más de 27 años aportó su tiempo y sus recursos materiales para construir un hogar para quien fuera su pareja y el padre de sus cuatro hijos. 10
Nunca expidió el Tribunal un certiorari que permitiera participar a estas organizaciones y sumar su vasta experiencia con comunidades precarias, con mujeres viviendo en precariedad económica y/o en situaciones de violencia de pareja al expediente del caso. Por el contrario, eligieron prescindir de ese expertise que pusiblemente les hubiera mostrado lo equivocado de su decisión.
El proceso de desahucio, en Puerto Rico, está hecho para desahuciar. No está preparado para que los jueces, que pronto estarán ganando 153,000 dólares anuales, tengan que perder tiempo entendiendo porque es precaria la vida de una mujer a la que llaman con desprecio “comunera.” Pensaría alguien que todavía creyera que los tribunales tienen que ver con Justicia, que les pagamos $153,000 a estos 4 machos y a Pabón Charneco puedan al menos verificar que el proceso de desahucio es justo, que no están sancionando violencia machista.
¿No es la labor mínima de la corte, auscultar que un proceso de desahucio en el que muchas veces toda una familia es tirada como basura a la calle, sea al menos un proceso justo? Buscando entender más sobre estos procesos encontré esta explicación:
” Tal vez en otro momento fue así. Por cerca de cinco décadas, Puerto Rico tuvo una medida, la Ley de alquileres razonables que, en esencia, controlaba el precio del alquiler de viviendas y establecía un requisito de ‘justa causa’ para que una persona pudiera ser desalojada de una residencia. La Ley se aprobó en el 1946, como reacción a una “emergencia” en torno a la disponibilidad de viviendas en Puerto Rico. Sin embargo, luego de una intensa campaña de cabildeo en su contra, la medida fue derogada en el 1995.
Desde entonces, la política pública en materia de desahucios ha tenido como objetivo principal acelerar su procedimiento en el tribunal lo más posible. Sin detenerse a reflexionar en torno a las consecuencias de lanzar a personas a la calle, y a instancias de la industria de la construcción y de entidades que agrupan a arrendadores/as, las medidas imprimen su aval a aligerar estos procedimientos con el fin de promover el mercado de arrendamiento residencial e incentivar que más dueños/as arrienden sus propiedades. Así surge de las exposiciones de motivos de las leyes que han enmendado el procedimiento de desahucio durante la última década.11“
Esta última cita la añado porque no quiero que se ignore que los procesos de desahucios son infames e injustos de por sí. Son injustos contra mujeres y hombres, y contra sus niñes y familias, sean de sangre u extendidas. Los tribunales de desahucio han claudicado al poder económico de manera que los casos de desahucio, son casi pro-forma, si acaso, esos procesos existen para acelerar la tirada a la calle a diario, de decenas de niñas y niños junto a sus padres y madres, sin el menor asomo de justicia ante los abusos constantes de titulares (la mayoría bancos e instituciones económicas, donde los CEO y Presidentes ganan lo mismo o más que los $153,000 que le pagaremos a estos jueces. Esos $153,000 hacen imposible e innecesario que se conozcan las historias de niñas y niños, madres y padres, envejecientes, y demás miembros de nuestra sociedad, comuneros y precaristas, a quienes hemos abandonado a un sistema judicial cada vez más corporativo y lacayo de las instituciones económicas, un sello de goma. En un país donde la pobreza es la norma, también es la norma enriquecer jueces que terminan teniendo cero en común con las poblaciones llevadas a las cortes, a ser enjuiciadas a diario, no en balde, no les quieren ni escuchar cuando llegan a sus salas.
Quiero destacar, que las formas de nombrar a Elizabeth Natera Bonilla, “comunera,” ”precarista,” nos recuerdan aquella otra infame decisión en que el Tribunal Supremo (casi igual al de ahora), contrario a años de práctica legal, decidió quitarle las protecciones de la ley 54 a un sector específico de mujeres, las “adulterinas”. Hay un patrón, en esta decisión de los 4 machos del TS, y Pabón Charneco, de castigar mujeres que no están casadas formalmente con sus parejas consensuales. Castigarles y negarles reconocimiento si no están en relaciones “tradicionales o institucionales”. En un país donde las creencias religiosas supuran en muchas de estas decisiones, al parecer 4 machos del TS, y Pabón Charneco prefieren las mujeres casadas e institucionalizadas, para que la corte se digne a escucharlas, su condición humana no es suficiente, tienen que estar casadas y con un hombre.
Este tipo de negación de justicia, en un país donde ya se ha reconocido que el control económico de los hombres sobre sus parejas es también violencia de pareja es inaceptable. En un país con tan alta incidencia de violencia doméstica, tanto violencia física como económica, es abominable e imperdonable que 4 machos del TS y Pabón Charneco, acaban de enviar un mensaje claro a los maltratantes; “si te llama la policía, déjala en la calle, nosotros nos encargamos de silenciarla y dejarla sola, te ayudamos a desahuciar a la comunera esa, perpetuaremos su vida precarista.” Maldita la arrogancia y desconexión de los jueces.