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Quieren eliminar la ley del salario mínimo

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CLARIDAD

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Un regreso al pasado, evitar futuros  aumentos, la adopción del modelo neoliberal en donde impera la ley de la oferta y la demanda del mercado, es decir, del más fuerte, es lo que implica el proyecto de ley PC 1115  impulsado por grupos y asociaciones empresariales. Con él se propone derogar la Ley 47 del 2021, Ley del salario Mínimo, así como la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo (CE).

El  doctor Iyarí Ríos, economista y miembro de la Comisión Evaluadora, afirmó a CLARIDAD que se enteraron de la medida por la prensa. Ante lo que propone el proyecto de ley, señaló que el tracto de la Ley 47 anticipaba que eso iba a ocurrir. Recordó que la Ley de Salario Mínimo fue aprobada en el 2021, en una coyuntura particular, dado al hecho de que en un periodo de casi 25 años desde que se eliminó la Junta de Salario Mínimo en el 1998, el salario mínimo en Puerto Rico aumentó solo en el 2009, de $5.15  a 7.25, producto del aumento en el salario mínimo federal, es decir, del Gobierno de EE. UU. Pero en ese periodo de 25 años, el Gobierno de Puerto Rico  nunca tomó acción para aumentar el salario mínimo.

El miembro de la CE describió que en el 2021, en el contexto de que no se había aumentado el salario mínimo desde el 2009 mientras el costo de vida estuvo aumentando de manera significativa (reflejado en la inflación y el deterioro de la situación económica de las familias), diferentes sectores  de la sociedad salieron a las calles a exigir un aumento, con lo cual se logró la aprobación de la Ley de Salario Mínimo y de la CE.

La Ley de Salario Mínimo contiene tres elementos principales: uno establece política pública con respecto al salario mínimo; el segundo crea un vehículo para que se revise de manera periódica el salario de acuerdo con el costo de vida y otros elementos adicionales (para que no vuelva a pasar que en un largo periodo de 23 años el salario solo aumentó una vez  y en los últimos 10 años antes de la aprobación de la ley no había aumentado) y un tercer elemento que dispone un aumento del salario mínimo de $7.25 a $10.50 de forma escalona.

Ríos recordó que cuando se estuvo discutiendo la ley, las asociaciones empresariales cabildearon en contra en la Asamblea Legislativa. También hubo proyectos  que planteaban que el aumento debía de ser de  $15.00 la hora. Las organizaciones empresariales cabildearon para que el aumento no fuera tan alto y fuera escalonado. “Así que la Ley 47 del 2021 es en parte producto de ese cabildeo, porque evitaron un aumento  a $15.00 e  hicieron el aumento de una manera escalonada”.

En el 2024, cuando el aumento escalonado llegó a $10.50, las asociaciones empresariales acudieron al tribunal demandando al Gobierno y a la CE, alegando que la Comisión no había actuado como correspondía y que el aumento de salario a $10.50 era nulo.  El  tribunal falló a favor de la Comisión, Desde ese momento, miembros de las asociaciones empresariales han dicho públicamente que una vez pasado el proceso electoral iban a acudir a la Asamblea Legislativa para que se derogara la Ley de Salario Mínimo o se enmendara la composición de la CE. Incluso, los empresarios fueron ante la Junta de Control Fiscal para que interviniera en el pleito legal a su favor, pero esta vez la Junta no intervino, explicó.

En términos económicos, las consecuencias de que  los empresarios logren eliminar la Comisión, será que  los salarios no suban. Explicó que lo que quieren es evitar aumentos posteriores, por lo que fundamentalmente están planteando regresar al periodo de 1998 y 2021 donde por casi 25 años solo hubo un aumento por causa del Gobierno de EE. UU., no del de Puerto Rico. El profesor Ríos recordó que el presidente de la Asociación de Detallistas ha hecho expresiones públicas de que favorece el proyecto para derogar la Ley y que además se opone a que haya aumentos posteriores al salario mínimo. Incluso dijo que en Puerto Rico se debía considerar fijar salarios mínimos inferiores a los que existen en EE. UU.

El economista expuso que, contrario a lo que alegaban los empresarios de que el aumento del salario mínimo a $10.50 iba a reducir la actividad económica y que el desempleo iba aumentar, los datos demuestran lo contrario. En el 2011, la mediana de ingresos del hogar en el país  incrementó de $18,600  hasta $22,237.  Estas  cifras representan un aumento de 19 % en 10 años.

Entre el 2021 al 2024, la mediana de ingresos creció de $22,237 hasta $27, 213. Estas cifras representan un aumento de 22 % en los en tres años de vigencia de la Ley 47 del 2021.

El profesor Ríos hizo la salvedad de que no estaba diciendo que la situación económica es ideal y reconoció que hay que tomar medidas adicionales para mejorar las condicionas de vida, que no tienen que ver solo con salarios. A su juicio, es fundamental reconocer que el desempeño positivo de la economía  tiene que ver con el aumento adquisitivo de las familias a través del salario mínimo. Incluso,  un informe del 2024 de la CE reveló que en el país casi 250 mil personas trabajadoras se beneficiaron  con el aumento de $10.50 la hora. “Estamos hablando de casi un cuarto de millón de trabajadores y trabajadoras”.

Su apreciación es que en la situación hipotética de que pasen años sin un aumento en el salario mínimo, veríamos un aumento en la pobreza. Agregó que la revisión periódica del salario mínimo en función de unos indicadores, entre los que se incluye el costo de vida, es un ejercicio que se hace en otros países, incluso en el mismo en el Gobierno federal EE. UU.,  con   l objetivo de que se pueda conservar ese poder adquisitivo.

Por su parte, el abogado laboral Alejandro Torres Rivera destacó que la idea que precede al PC 1115 tiene que ver con las teorías desarrolladas por el economista Milton Friedman en los años 60,  que sirvió de base para crear la Escuela de Chicago. Friedman plantea que la agenda liberal debería concentrarse  en la eliminación del salario mínimo para que el salario de los trabajadores sea determinado por las fuerzas del mercado sin intervención del Estado.

“Esa posición de los años 60 ha sido una constante en todos los gobiernos neoliberales que se han desarrollado  hasta el presente”. Torres Rivera igual hizo un repaso del devenir del salario mínimo en Puerto Rico y defendió que la ley vigente ha mejorado el salario mínimo federal, que sigue siendo $7.50 la hora. Apuntó  que lo que pretenden los que favorecen el PC 1115 es que no solo se derogue la Ley 47 del 2021, sino que además se elimine la CE  y que se deje a las fuerzas del mercado todo lo que tiene que ver con el salario. Eso incluye que si hay un aumento al salario mínimo federal, este no aplique a Puerto Rico o que se nos permita que se pague un subsalario por debajo del mínimo federal.

El abogado laboral aclaró que cuando se dice fuerzas del mercado, a la hora de la verdad, se refiere a   la oferta de empleo y la demanda de los trabajadores. “Es una cosa horrorosa. La tendencia de los patronos va a ser ofertar trabajos con unas garantías menores a las que hoy garantiza la ley. Ya hay otras leyes que menoscaban los derechos de los trabajadores”.

Como ejemplo de lo anterior, señaló que según la Constitución de Puerto Rico, la jornada legal de trabajo es de 8 horas y que todo trabajo en exceso se debe pagar no menos de tiempo y medio. Pero la Ley 4 del 2017 del entonces gobernador  Rosselló, hijo, permite una jornada de 4 días a la semana de 10 horas, pero no se paga tiempo extra. Esa  ley 4, denunció,  vino a trastocar más de mil leyes protectoras del trabajo.

El abogado laboral señaló que, el salario mínimo, para los efectos, aplica a las y los trabajadores que caen bajo la definición de empleado. Dentro de esa definición de empleado no caen los ejecutivos, los profesionales ni los administradores. En el caso de los legisladores, la estructura de salario la fija la propia Legislatura. Un director ejecutivo de una agencia pública es un empleado exento, igual los ejecutivos, administradores y profesionales son empelados exentos, tanto bajo la ley federal como el Reglamento 13 del Departamento del Trabajo de Puerto Rico.

Ante el riesgo de que, en efecto, se elimine la Ley de Salario Mínimo y su comisión evaluadora, Torres Rivera vaticinó: “Estamos hablando de que se regresa a la época del capitalismo salvaje donde no hay ningún tipo de intervención del Estado en los procesos económicos para unas garantías mínimas a los trabajadores y, como todo se deja a las fuerzas del mercado, el poder de negociación lo tienen los patronos”.

Sobre las consecuencias, agregó que a las y los empresarios “les  tiene sin cuidado los efectos de la Ley, porque es una visión ideológica de gente que tiene esa perspectiva, donde hay quien gana y quien pierde. Ellos siguen con su modelo neoliberal y conviven dentro de los dos partidos  de la alternancia”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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