CLARIDAD
Aunque por el momento no se sabe cuánto habrá que pagar a los bonistas de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), el potencial de la decisión del Tribunal del Primer Circuito de Apelaciones (TA) que determinó que los bonistas tienen derecho sobre el gravamen de los bonos es terrible para Puerto Rico. La determinación de cuánto se va a pagar está en manos de la jueza Taylor Swain. Por el momento todo es especulación, señaló en entrevista el licenciado Rolando Emmanuelli Jiménez.
Emmanuelli, quien representa al Sistema de Retiro de los Empleados de la AEE en el caso del Plan de Ajuste de Deuda (PAD) de la autoridad explicó que el punto más importante de la decisión del tribunal es que dice que el gravamen que tienen derecho a cobrar los bonistas es sobre el flujo del efectivo neto de la AEE. Eso lo que implica es que primero la AEE tiene que usar el dinero para el pago de todas sus operaciones necesarias, como nómina, compra de combustible, mantenimiento, etc, incluyendo el retiro. Una vez se cubren todos los aspectos operacionales, el dinero que sobra es lo que se asegura para pagar a los bonistas.
“El primer problema que tienen los bonistas es que no sobra nada, porque la AEE está hasta el cuello”. El tribunal les dio la autoridad a los bonistas de husmear en la contabilidad de la AEE para determinar si se está llevando de una manera adecuada, para entonces determinar cuál es el sobrante neto. Un ejemplo de lo que puede ser una controversia por gastos, comentó, son los $27 millones que LUMA Energy ha gastado en hotel. Ahí los bonistas pueden decir que no se tiene que gastar ese dinero cuando se supone que sus empleados vivan en Puerto Rico. Eso puede a su vez generar controversia entre la contabilidad de la AEE y LUMA, lo que podría dar base a los reclamos de los bonistas.
Hizo la observación de que si sobre el gravamen están también los ingresos futuros de la AEE, surge la pregunta, en la cual el TA no se mete, de cuál es el efecto del PAD, ya que el tribunal optó porque sea la jueza quien primero analice y se exprese antes de ellos intervenir.
Emmanuelli Jiménez auguró que habrá una apelación sobre este tema y la primera cuestión a discutir sería si el gravamen se extiende hasta siempre cuando no se haya saldado la cuenta de $8, 500 millones. Es decir, puede ser que este año no haya sobrante, pero el año próximo sí. Es un aspecto en que la jueza Swain va a tener que hilar fino: si en la confirmación del PAD va a estimar a tiempo presente el valor de ese gravamen o se va a quedar eso abierto, para que cada año se compute cuánto hay que pagarle a los bonistas de los ingresos netos de la AEE. El Circuito no resolvió ese asunto que tiene un efecto en el PAD.
En el caso de que la jueza Swain resolviese que la confirmación del PAD se puede hacer con un estimado del valor de la garantía de los bonos, cualquiera de las partes en el caso puede apelar. Para Emmanuelli Jiménez, de seguro, los bonistas apelarían esa determinación.
Continuó explicando que en el caso de que la jueza resolviese que no, que cada año hay que mirar el sobrante y que eso sería lo que los bonistas recibirían, el experto señaló creer que la Junta de Control Fiscal (JCF) apelaría.
“Yo creo que la JCF apelaría eso, porque eso sería malo. Primero, porque estaríamos 60, 80 años pagando porque cada vez sobra poco. Segundo, porque se compromete la capacidad crediticia de la AEE porque tendría un gravamen sobre unos ingresos futuros que no servirían para sustentar emisiones de deuda adicional para mejoras de infraestructura, la transición energética, etc., para lo que ahora mismo no hay dinero. Esas son las implicaciones de la sentencia y las dudas que se crean en este momento”.
Todos estos asuntos se supone que se aclaren en el pleito que se sigue ante la sala de la jueza Swain, que atiende la quiebra de Puerto Rico por el Título III de la Ley PROMESA.
El otro tema que conlleva la decisión del TA es si la JCF tiene que someter un nuevo PAD que afecte sustancialmente los derechos de los otros acreedores. Por ejemplo, que le tenga que quitar a los acreedores no asegurados dinero para poder pagar a los bonistas habría que empezar en cero otra vez, volver a radicar un plan, un escrito de divulgación aprobado, hay que solicitar los votos, hay que entrar en descubrimiento de prueba, y al juicio otra vez.
Se supone que los bonos de la AEE en disputa están vencidos, pero en el momento en que la jueza resolvió que los bonos están asegurados únicamente con el dinero depositado en las cuentas que sumaban $20 millones y que lo demás era no asegurado, al TA resolver que todo es asegurado, en realidad lo que un deudor tiene que pagar es el monto del valor de la garantía; es decir, hay que pagar lo que vale la garantía, y eso es lo que no se sabe.
Ese valor, expone el experto en casos de quiebra, se tiene que volver a estimar y eso lo hará la jueza después de escuchar todas las partes, para lo que se tendría que hacer o un procedimiento adversativo o un procedimiento interno dentro del caso de la aprobación del PAD. Habría hay que ver, cuando la JCF termine su evaluación y los bonistas terminen su análisis, cuál es el próximo paso que ellos van a tomar y esperar a que las partes empiecen a someter sus mociones y tomen posturas.
Añadió que presume que los bonistas que están celebrando la decisión radicarán una moción al tribunal y van a decir que ese plan no se puede confirmar porque ellos tienen un bono asegurado que hay que pagarlo por completo. Esa es la postura de los bonistas que llevaron el pleito, que son los no asegurados. Por su parte, la JCF dice que lo que hay que pagar es hasta el monto de la garantía. “Eso es bien importante, es como un mantra: el deudor paga hasta la cantidad del valor de la garantía. Si no sabemos cuál es el valor de la garantía no se puede pagar hasta que no se determine. Eso lo tiene que determinar la jueza”, reiteró.
Al planteamiento de si la decisión del Apelativo era una anticipable o es una enmarcada en el pensamiento político de lo que son los intereses capitalistas en esa corte, Emmanuelli Jiménez, confirmó nuestra apreciación.
“Has dado en el clavo. La decisión no me sorprende porque lo que hizo fue preservar la garantía de los bonistas para preservar la estabilidad del mercado de bonos de los Estados Unidos”. Al respecto, recordó que 13 estados radicaron un amicus curiae argumentando que si la decisión de la jueza se confirmaba se iba a encarecer el crédito en todos los estados, municipalidades y corporaciones públicas americanas, y el Apelativo resolvió conforme a eso.
“Al decir que son bonos asegurados, validó la postura de que eso no se puede tocar, no importa lo que implique para Puerto Rico. Le dijo a la jueza resuelve tú, nosotros no vamos a decir; pero el resultado neto es una protección absoluta del mercado de bonos municipales porque ese amicus curiae estableció que el Trust Agreement de la AEE no era un documento exclusivo para Puerto Rico, que es muy común y nuevo. Se van a ver en Nueva York que los bonistas arriman la sardina a su braza. En resumen, el potencial de que esto sea terrible para Puerto Rio está ahí en términos de cuánto la jueza diga que hay que pagar, pero en este momento todo es especulación”.



