Durante los últimos años de la década de 1520 un indio se dio a la tarea de mortificar a los españoles en un intento de recuperar su antigua libertad. Esta es la historia. El licenciado Rodrigo de Figueroa fue nombrado en 1519 juez de residencia de la isla Española. Ese mismo año, en Barcelona, el rey nombró al licenciado Antonio de la Gama juez de residencia de la isla de Puerto Rico, quien recibió sus instrucciones para tomarle la residencia al gobernador Sancho Velázquez, pero en la solución acerca de la libertad de los indios, asunto que venía discutiéndose, quedaba supeditado a lo que se decidiese en La Española. Ambos licenciados se embarcaron en España juntos en la nao San Antonio, maestre Juan Bautista. Llegaron a la isla de Puerto Rico a fines de la primera quincena de julio de 1519. Poco tiempo después, el licenciado Figueroa decidió en La Española que los indios eran seres libres y había que ponerles en entera libertad y a tono con esto se envió al licenciado De la Gama la real cédula del 12 de julio de 1520 con las instrucciones para el trato de los indios declarados libres. (1)
En ese mismo año de 1520, el Consejo de Castilla confirmó el gobierno de las Indias (17 mayo 1520) a don Diego Colón. Éste se presentó en la isla de Puerto Rico y entre otras cosas, tomó la decisión de suprimir los visitadores de indios y ordenó que sus justicias conociesen y juzgasen las causas de indios. Esta orden originó el recurso del licenciado De la Gama a los gobernadores de Castilla, que le nombraron el 15 de diciembre de 1521 como juez de comisión con autoridad independiente de las otras justicias en las causas de indios. (2)
Unos años más adelante, el 1 de diciembre de 1525, fray Antonio Montesinos, viceprovincial de la Orden de Predicadores y residente en la Isla, recibe el encargo de poner en libertad a los indios vacos o que vacaren, “en aquella libertad y manera de vivir que vos viereis que de justicia y razón deben tener…”. (3) Pero, a pesar de estas medidas encaminadas a procurar la entera libertad de los indios, se siguieron otorgando encomiendas a personas particulares durante toda la década de 1520. Esto, en definitiva, en nada contribuyó al bienestar de los indios ni mucho menos a calmar y aquietar a aquellos indios que, desde 1508, no soportaban el yugo español. Sabemos bastante de intentos indígenas por sacar a los españoles de su tierra, siendo la más conocida la guazábara de 1511. Pero muy poco sabemos de intentos individuales y con un matiz más personal.
Durante los últimos años de la década de 1520 un indio se dio a la tarea de mortificar a los españoles en un intento de recuperar su antigua libertad. Cataoçibo, indio borincano, se rebelará y alzará por los montes cercanos a la villa de San Germán y se convertirá en el terror de estancieros y demás pobladores de la villa.
El jueves 21 de marzo de 1527, Benito Caramao denuncia a un indio llamado Cataoçibo, “que andaba alzado y ha robado a indios y cristianos y ha dado muerte a algunos”. Según la denuncia de Caramao, Cataoçibo en encontraba en la estancia de Pedro de Aranda y pide al alcalde ordinario Martín Garcés que haga justicia. (4) Inmediatamente, el alcalde procede a hacer una información al respecto y, como parte de las diligencias, Benito Caramao presenta tres testigos.
El primer testigo presentado por Caramao fue Leonor, una india naboría que le pertenecía. Ella refiere al alcalde lo mismo que Caramao le había ya dicho, aunque al parecer fue testigo de cómo el indio Cataoçibo le robó una india a Caramao. Su declaración fue tomada mediante intérprete. (5)
El segundo testigo presentado por Benito Caramao para la información que realizaba el alcalde Martín Garcés fue más elocuente. Se trató de Sebastián de la Gama, importante e influyente vecino de la villa de San Germán, que declara el 21 de marzo de 1527. Éste manifiesta haber conocido al indio Cataoçibo. Dijo que llevaba tres o cuatro años alzado en el monte (o sea, alzado desde por lo menos 1524) y que ha robado y matado a indios, en especial a los de Antón de San Miguel; que también mató a un indio de Gonzalo Caxco, porquero de Garcí Troche, lo que le oyó a decir a Francisco Gómez, porquero del obispo; y que además mató a un indio del obispo. Finalmente, concluye diciendo que Cataoçibo le había robado a Francisco Gómez en su bohío llevándole la cacona y que éste quería hacer una compañia de cristianos para ir en busca y captura del indio alzado. (6)
El tercer y último testigo presentado por Caramao para la información sobre el indio Cataoçibo fue Alonso Rodríguez Minaya, que declara el martes 26 de marzo de 1527. En su declaración, Rodríguez Minaya dijo que “oyo desir a un indio que se dice Cataoçibo, naboría que fue de Juan de Carrizales, preguntándole Francisco Pinelo que por qué había muerto al caribe naboría Demabo el Grande, dixo que lo mató porque había muerto a Miquero, indio naboría de Guaçio, e que sabe que anda alzado mucho tiempo ha, e que oyo desir que mató el dicho indio a otro indio de Garcí Troche”. (7) Luego, el 1 de abril de 1527, el alcalde Alonso de Vargas, una vez vista la información hecha a petición de Benito Caramao, dio orden al alguacil mayor Francisco Manuel de Lando para que apresara al indio Cataoçibo (8), pero el alguacil no pudo encontrar al indio y no pudo prenderle.
Ahora bien, durante el juicio de residencia a los oficiales en la villa de San Germán en 1528-1529, sale a relucir porque no pudo ser prendido el indio alzado y rebelde Cataoçibo. En su declaración a la sétima pregunta del interrogatorio de la pesquisa secreta, donde se pregunta si “los dichos alcaldes an tenido parcialidad o confederaçion con algunos cavalleros o Regidores o mercaderes o otras personas e sy por Razon de tal parçialidad an dejado de faser justiçia”, Benito Caramao dice que: «puede aver un año poco más o menos que seyendo alcalde Alonso de Vargas este deponiente quexo de un yndio que tenía Pedro de Aranda que se llamaba Cataoçibo porque le avya traydo una india hurtada e avía muerto ciertos cristianos e yndios e este deponiente vio que no le prendieron estando publicamente e sirviendo en la estancia del dicho Aranda e que cree este testigo que por ser su amigo del dicho alguacil Francisco Gómez el dicho Pedro de Aranda por no le hacer enojo no le prendieron e asy se quedó syn castigo e se tornó a alzar e llevó consigo a otros indios e que el proceso desto pasó ante Cervantes escribano e este dicho testigo a oydo decir que por donde el dicho indio anda agora ausentado an hallado un negro muerto que tenía cortadas las manos e pies e cabeza e otros indios e que esto sabe». (9)
Hay que señalar varias cosas. Cataoçibo se rebela y decide alzarse al monte desde donde hará sus correrías. Hemos visto que, aparte de causar males a los españoles robándoles y hasta dándoles muerte, también el indio rebelde dirigirá sus ataques contra otros indios y negros. Es posible que Cataoçibo viese en esos indios y negros a colaboradores de los españoles, a traidores de la causa, a negadores de sus raíces. No es extraño encontrar en la histriografía colonial española en el Caribe casos concretos de alzamientos indígenas o de personas esclavizadas que arremetieron contra otros indígenas o esclavizados que fueron considerados colaboracionistas del régimen español.
Los españoles al quejarse de que Cataoçibo les ha matado algún indio, es porque éste les está matando valiosa mano de obra. Cataoçibo queda libre, sus actos impunes a vista de Benito Caramao, pero ello se debió a los intereses que unían más a unos españoles que a la habilidad de Cataoçibo para escaparse. Otros indios se unieron a Cataoçibo en su rebeldía, quizá porque encontraron en él una fuente de inspiración y vislumbrasen que sus vidas podían ser diferentes, quizá ya no como antes de la llegada de los españoles, pero al menos podrían sentirse libres alzándose a los montes.
Rebeldías, esas manías que le dan a una persona para no querer estar sujeto a otra persona o a un sistema u orden social y político dominantes. La rebeldía que mueve a Cataoçibo para querer ser libre en los montes era legítima, aunque a los ojos de Benito Caramao y de otros, este indio no era más que eso, un mero indio que tenía la obligación de servir a sus superiores españoles.
Por último, creo conveniente anotar la similitud que existe entre Cataoçibo, indio alzado en los montes de la isla de Puerto Rico y rebelde ante lo español, y Enriquillo, cacique indígena que se rebeló en contra de sus opresores españoles en La Española. Ambos indios alzados son contemporáneos. Mientras Cataoçibo vive sus correrías alrededor del año 1528, ya Enriquillo era el terror de los españoles de la vecina isla Española desde 1520, año en que se alza junto a otros indígenas que le siguen, al no soportar más los maltratos y vejaciones de su último amo, Andrés de Valenzuela, y por denegársele la justicia por parte de las autoridades españolas. Así, Enriquillo será el promotor de la rebelión que, durante 13 años, recorrió La Española en contra los abusos de las encomiendas y los repartimientos practicados por los españoles. No fue sino hasta el 4 de agosto de 1533 cuando pactó con el capitán Francisco de Barrionuevo (enviado por el rey) un acuerdo de paz gracias a la intervención del padre Las Casas. Su libertad y la de los sublevados fue garantizada mediante el pacto firmado por el propio emperador Carlos V. (10)
Catoçibo y Enriquillo: dos indios alzados; un mismo opresor: el español; dos formas de lucha: una individual y otra colectiva; un mismo fin: la libertad.
Referencias:
(1) Vicente Murga Sanz, Cedulario puertorriqueño II (1518-1525), cédula 142, pp. 174-177. “Al lic. De la Gama, juez de residencia de la isla de San Juan, con las instrucciones para el trato de los indios declarados libres”. Ver, además, cédula 43, pp. 56-66; cédula 45, pp. 66-68; cédula 153, pp. 194-196; cédula 154, pp. 196-197; cédula 167, pp. 214-216; y cédula 175, 224-226; sobre el mismo asunto.
(2) Íbid., cédula 172, pp. 221-222. “A las justicias de la isla de San Juan para que no se entremetan en nada de los indios porque están bajo la jurisdicción exclusiva del licenciado De la Gama”. Ver, además, cédula 153, pp. 194-196; cédula 154, pp. 196-197; cédula 167, pp. 214-216; y cédula 175, pp. 224-226; sobre el mismo asunto.
(3) Íbid., cédula 310, pp. 403-405. “A fray Antonio de Montesinos con el poder para que ponga en libertad a los indios que están vacos o vacaren en adelante, con el parecer primeramente del obispo de don Alonso Manso”.
(4) AGI, Justicia 51, núm. 2, fols. 77-77v. “Acumulación de la información realizada por Martín Garcés a raíz de una denuncia de Benito Caramao contra el indio alzado Cataoçibo, jueves 21 marzo 1527”.
(5) AGI, Justicia 51, núm. 2, fol. 78.
(6) AGI, Justicia 51, núm. 2, fols. 78-79.
(7) AGI, Justicia 51, núm. 2, fol. 79.
(8) AGI, Justicia 51, núm. 2, fol. 79-79v.
(9) AGI, Justicia 51, núm. 2, fols. 37-37v. “Declaración de Benito Caramao a la sétima pregunta del interrogatorio, 30 de diciembre de 1528”.
(10) Véase: Manuel de J. Galván, Enriquillo: Leyenda histórica dominicana (1503-1533). Madrid, España: Ediciones de Cultura Hispánica, 1996; y Pedro Mir, Tres leyendas de colores (Ensayo de interpretación de las tres primeras revoluciones de Nuevo Mundo). Santo Domingo, R.D.: Editora Taller, 1984, pp. 119-168 (Segunda Parte – Enriquillo).
Nota: Lo anterior es una reflexión a partir de varios documentos provenientes del Archivo General de Indias de Sevilla localizados en formato de micropelícula en el Centro de Investigaciones Históricas de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras.
El autor es Asociado en Investigaciones y Paléografo del Centro de Investigaciones Históricas – UPR Río Piedras.



