Por la Redacción de CLARIDAD
El Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), recomendó a la Asamblea Legislativa no aprobar el proyecto de la Cámara PC 1115, que propone eliminar la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo (CESM) por entender que representa un un retroceso en la protección laboral.
En comunicado de prensa la presidenta del CAPR, Lcda. Vivian Godineaux, informó que el Colegio presentó un Memorial Explicativo ante la Asamblea Legislativa con su recomendación. Godineaux explicó que el PC 1115 se fundamenta en interpretaciones contrarias a la Constitución y de la jurisprudencia federal reciente. “El proyecto parte de premisas constitucionales erradas. La Asamblea Legislativa sí puede delegar funciones técnicas cuando establece parámetros claros. Esa facultad está reconocida por décadas de jurisprudencia y no ha sido alterada por decisiones recientes del Tribunal Supremo federal”, señaló.
El memorial fue sometido al representante Roberto López Román, presidente de la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara. El CAPR dio a conocer que pese a haberlo solicitado, el Colegio no fue invitado a comparecer ante la vista pública sobre el proyecto que pretende eliminar aspectos claves de la vigente ley sobre salario mínimo en el país.
Una delegación constitucionalmente válida
La Lcda. Godineaux subrayó que la Ley 47 2021 contiene una delegación precisa, limitada y guiada por principios inteligibles, lo que la hace plenamente compatible con la doctrina constitucional vigente.“La Comisión Evaluadora del Salario Mínimo no es un ente autónomo sin control democrático. Es un mecanismo técnico creado por ley, con criterios definidos y supervisión legislativa. Nada en la Constitución prohíbe este tipo de delegación, y nada en la jurisprudencia reciente la invalida”, sostuvo.
El proyecto elimina criterios y abre la puerta a la arbitrariedad
La Presidenta advirtió que la medida elimina todos los parámetros objetivos que hoy guían la revisión del salario mínimo —como costo de vida, inflación, pobreza laboral e indicadores económicos— y deja la determinación sujeta a ciclos políticos y presiones de cabildeo.
Los datos económicos respaldan la constitucionalidad y la utilidad del modelo actual.
Se destacó que, desde la aprobación de la Ley 47 2021, según establecen algunos economistas, Puerto Rico ha experimentado mejoras sostenidas en empleo, participación laboral, salarios y reducción de la pobreza.
“Los resultados económicos demuestran que el modelo técnico funciona. No hay justificación constitucional, económica ni social para desmantelarlo”, señaló.





