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El PS 63: cero derechos de acceso a la información pública

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CLARIDAD

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Luego de todo un día de vistas públicas  y de que el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Méndez,  afirmara que la medida no sería examinada con prisa, como ladrón en la noche,  la Cámara aprobó por descargue el PS 63, el supuesto proyecto de Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública, que enmienda la Ley 141 de 2019.

En la vista pública ante la Comisión de lo Jurídico, en la sesión de la mañana del 12 de noviembre, gremios periodísticos, entidades de Derecho defensoras de los derechos civiles y líderes comunitarios, denunciaron que el PS 63  limita el derecho constitucional de acceso a información pública.

Esta fue  la primera y única vez en que el proyecto de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schazt, fue sometido a vista pública. Fue presentado en el mes de enero y aprobado en el Senado el 23 de octubre. Al día siguiente, se envió a la Cámara, a la Comisión de Gobierno. Tras denuncias públicas de que la medida fue aprobada en el Senado sin vistas públicas, el presidente de la Comisión, Víctor Parés, anunció que haría vistas públicas y, al día siguiente, la medida fue redirigida a la Comisión de lo Jurídico, que preside el representante José Pérez Cordero.

En la aprobación por la Cámara, el proyecto recibió 24 votos en contra de las minorías del Partido Popular Democrático (PPD), el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y el Proyecto Dignidad (PD).  Siete representantes del Partido Nuevo Progresista (PNP) también le votaron en contra: José Pérez Cordero, Fernando Sanabria Colón, Odalys González, Emilio Carlo Acosta, Wanda Del Valle, Carmen Medina y Christian Muriel Sánchez. El resto de la  delegación del PNP  votó a favor de la medida.

Ante la aprobación, las reacciones no se hicieron esperar. En expresiones escritas, la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPRO) hizo un llamado a senadores y representantes del PNP a que reconsideren su posición en torno al proyecto y se coloquen del lado correcto de la historia ahora que tendrán una última oportunidad de emitir su voto cuando la medida salga del Comité de Conferencia y se presente para su aprobación final.

La presidenta de la ASPRO, Nydia Bauzá,  lamentó que una mayoría cameral le haya asestado “un golpe bajo al pueblo de Puerto Rico al aprobar la noche de este jueves el PS 63, en el afán de hacer aún más inaccesible la información pública”.

Denunció que, como parte de una estrategia tras bastidores, se le arrancaron páginas al documento para que la pieza legislativa quedara viva en uno de los comités de conferencias, “que sabemos son criaturas legislativas donde no se conferencia nada o muy poco”.

La presidenta del gremio periodístico cuestionó: “¿Por qué tanta prisa por aprobar este proyecto?, ¿a qué le temen?, ¿qué se pretende esconder?, son preguntas que quedan sobre la mesa. Necesariamente tenemos que preguntarnos por qué procuran intencionalmente dificultar la transparencia y el derecho del pueblo a la información pública, sabiendo que a nivel mundial eso se entiende como mecanismo para ocultar la corrupción gubernamental”.

Por su parte, el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAPR), en declaraciones escritas, se unió al coro de voces institucionales y comunitarias que rechazaron la medida y manera atropellada y poco democrática en que se consideró el PS 63,  tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes.

“Tratándose de limitaciones a un derecho fundamental, resulta decepcionante y sospechoso que se apruebe sin permitir una participación amplia de los sectores interesados. En la vista solicitamos que se ampliara el proceso para que otras organizaciones pudieran expresarse. Pero además, que la comisión dedicara tiempo para considerar nuestros argumentos. Sin embargo, nos hicieron perder nuestro tiempo y esfuerzo en una vista pro forma”, denunció la Lcda. Yanira Reyes primera vicepresidenta del Colegio, quien compareció a la vista cameral junto a la Lcda. Vivian Pellicier, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del CAPR.

La directora ejecutiva de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico, licenciada Annette Martínez Orabona, también censuró la aprobación por la Cámara de Representantes. LA ACLU calificó las vistas públicas en la Cámara como una afrenta al pueblo, una mera formalidad realizada a la prisa para continuar con un trámite expedito sin justificación.

“La amplia oposición de diversos grupos y organizaciones comunitarias demuestra que esta medida no le conviene a nadie, excepto a aquellos que persiguen ocultarle algo al país. La aprobación del Proyecto del Senado 63 es contrario a todo lo que representa una democracia participativa”, declaró Martínez Orabona.

El Centro de Periodismo Investigativo; el Overseas Press Club (OPC);  la organización Firmes, Unidos y Resilientes con la Abogacía; la Clínica de Asistencia Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, así como Facultad de Derecho  de la  Escuela de Derecho de la UPR fueron otras de las entidades que  se expresaron en las vistas públicas en contra de la medida.

Entre los argumentos elaborados por la presidenta del OPC, Wilma Maldonado, se planteó que la medida complica de manera innecesaria el procedimiento para solicitar información, al exigir que toda persona que solicite información deba notificarlo al director de la agencia, al presidente de la Rama Legislativa o del Poder Judicial, con copia al oficial de información. “Esto, en la práctica, hará casi imposible que un ciudadano pueda ejercer su derecho, porque los correos electrónicos de muchos funcionarios pocas veces están disponibles al público”.

El proyecto establece que “ninguna entidad estará obligada a crear o preparar un documento inexistente al momento de recibir la solicitud” y además extiende el periodo para que una agencia entregue la información solicitada de 10 a 20 días laborables, con posibilidad de prorrogarlo otros 20 días.

El consenso de las organizaciones que depusieron en la vista pública fue que además de representar una violación al derecho constitucional de acceso a la información pública, la medida no es enmendable.

 

 

 

 

 

 

 

 

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