CLARIDAD
Aun cuando entiende que en Puerto Rico a nadie en se le ocurriría una “barbaridad tan descabellada” como legislar para prohibir que personas sin hogar pernocten en lugares públicos, Belinda Hill, directora de la organización Solo por hoy considera que hay que legislar para prevenir que se presente una medida dirigida a esos fines.
La preocupación surge ante la reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos (TS), que determinó prohibir acampar en público, que incluso criminalizar a las personas sin hogar, no viola la protección de la 8va. Enmienda de su Constitución sobre castigos crueles e inusuales. La decisión fue producto del caso City Grants Pass v. Johnson, una localidad en el estado de Oregón.
“Lo importante de esta determinación del tribunal es que es una que es de la derecha, 6 a 3. Es importante ver que es el mismo Supremo que dijo que el presidente puede matar a una persona y estar impune, mas sin embargo, una persona que no tenga donde pernoctar es arrestada”, expresó Hill.
En un aparte con este medio durante la presentación del informe Conteo de personas sin hogar 2024, la conocedora de primera mano de la situación de sinhogarismo en Puerto Rico describió que la legislación de la municipalidad de Oregón es una bien específica, que aplica solo si la persona se arropa, se cobija o usa un cobertizo, ya que eso es un indicador de que la persona va a pernoctar en ese lugar público. La acción implica que hay una infracción civil. “Es criminalizar, porque conlleva a un arresto, y, por algo civil, uno no tendría que ir a la cárcel”. Si la persona comete una segunda infracción es cárcel por 30 días compulsorio, acompañado de una multa de $1,250 dólares. Si la persona se sienta en un banco y se queda dormido, no se supone que le aplique.
Hill advirtió del peligro que la decisión del TS representa porque ya hay un precedente y cualquier gobierno de municipio o estado podría impartir una medida similar, aunque entiende que para Puerto Rico sería muy difícil aprobar una legislación semejante porque aquí las organizaciones comunitarias son bastante elocuentes. Reconoció que el estado de Oregón había pasado una medida contraria por encima de la del municipio. La controversia pasó a los tribunales, los cuales derogaron la ley municipal, hasta llegar al TS, que avaló la prohibición. E estado de Oregón aprobó una ley que dice que ningún municipio en su estado puede arrestar a una persona, a menos que le haya ofrecido todos los remedios y la persona los haya rechazado.
La también presidenta del COC PR-502, Continuo de cuidado a personas sin hogar, que ofrece servicios a las personas sin hogar, comentó que se están acercando a los legisladores, ya que entiende que hay que legislar para que a nadie se le ocurra “una barbaridad tan descabellada como esa, y nuestro trabajo va dirigido a ofrecer los remedios”. Para evitar la situación de sinhogarismo, expuso que se necesita que el inventario de vivienda asequible mejore en Puerto Rico: “que dejen de desplazar a nuestras familias, que se deje de disolver a la clase media mediante el desplazamiento de viviendas”.
Hill apuntó además en tono crítico que se necesita la ayuda del Gobierno de Puerto Rico para que documente el valor de los alquileres en el país. Los COC, de los cuales hay dos en la isla (COC PR-502 y COC PR-503), reciben fondos para alquiler de viviendas a personas sin hogar del Departamento de Vivienda Federal (HUD, siglas en inglés). En el caso de San Juan, indicó, el vale para alquiler es de $500 para una vivienda de un cuarto: “yo no encuentro nada en ese precio ahora mismo”, denunció. La asignación del valor del vale lo hace el Congreso mediante una fórmula propia.
La activista no dejó pasar por alto el desplazamiento de familias que están provocando los inversionistas de la Ley 60. Sobre esto señaló que en “Puerto Rico no hay vivienda asequible. ¡Que la Asociación de Constructores de Hogares diga que una vivienda asequible es una entre $270 y $350 mil dólares, cuando la familia promedio de tiene un ingreso de $24 mil al año! La renta nunca debe pasar del 30 % de tus ingresos”.
La directora de Solo por hoy, comentó que entiende que la población sin hogar no conoce la medida, no obstante, subrayó que aquí lo más triste es que los llamados a defender los derechos de las personas sin hogar, la Ley 130 del 2007, que creó el Concilio Multisectorial en Apoyo a la Población sin Hogar, no haya repudiado la determinación del tribunal públicamente.
“A mí eso me extraña, ellos son los llamados a sacar todos los protocolos de las personas sin hogar en todas las agencias de gobierno. Su trabajo es establecer todos los protocolos en todas las agencias de Puerto Rico del manejo de las personas sin hogar”.
Comparó que en Estados Unidos, hay un concilio similar que está compuesto de agencias, que a los 20 minutos de la determinación del Supremo, se expresó públicamente repudiando la decisión. “Una pensaría que aquí hicieran lo mismo. Eso a mí me choca, me sorprende. Es razonable pensar que debería haber un movimiento para legislar y que a nadie se le ocurra pasar una legislación semejante. Pero, por otro lado, no hemos logrado legislar sobre los alquileres a largo plazo”, concluyó.



