Una deuda inconstitucional

Por Cándida Cotto/ CLARIDAD

ccotto@claridadpuertorico.com

La portavoz del Frente Ciudadano por la Auditoría de la Deuda (FCAD) licenciada Eva Prados Rodríguez señaló como “un solo paso positivo” la decisión de la jueza Laura Taylor Swain de escuchar los planteamientos presentados por la Junta de Control Fiscal (JCF) y el Comité de Acreedores No Asegurados (CANA) de que declare inconstitucional $6 mil millones de deuda de los bonos de obligación general (GOB, siglas en inglés) del gobierno de Puerto Rico.

La vista ante la juez del gobierno de Estados Unidos, que atiende los casos de quiebra del gobierno de Puerto Rico, bajo el Título III de la Ley Promesa, se dio en la ciudad de Nueva York, el miércoles 30 de enero. La petición de declarar nula esa parte de la deuda fue presentada el pasado 14 de enero por la JCF y el CANA.

En reacción a los resultados de la vista, a preguntas de CLARIDAD, Prados Rodríguez aceptó que era un paso positivo el que la juez haya dado oportunidad a que se discutan los planteamientos constitucionales sobre la deuda. Agregó que lo importante es que la juez no los descartó, ni obligó a las partes a sentarse a negociar sin permitir que se presentaran argumentos sobre la ilegalidad de esta deuda, que era algo que se temía fuese a hacer Taylor Swain.

Violaciones a la Constitución

El día de la vista en Nueva York, grupos de la diáspora puertorriqueña llevaron a cabo una manifestación frente a la sede del tribunal en reclamo de que declare nula la deuda. Al mismo tiempo, aquí en la isla, miembros de la Comisión Ciudadana para la Auditoría Integral del Crédito Público (CCAICP) ofrecieron una conferencia de prensa frente al Tribunal Federal, para hacer el mismo reclamo.

El profesor de Derecho Constitucional e integrante de la Comisión Luis José Torres Asencio indicó que la deuda que se está objetando son las últimas tres emisiones de GBO: dos hechas bajo la administración de Luis Fortuño en el 2012 y la última emisión de marzo de 2014, bajo la administración de Alejandro García Padilla. En total, se solicita que se declaren nulos sobre $6, 233 millones en GBO de la deuda del gobierno de Puerto Rico, la que para agosto del 2018 ascendía a un total de poco más de $13 mil millones.

“Así que estamos hablando de una tajada significativa”, expresó Torres Asencio. Los argumentos principales que han empleado la JCF y el CANA para solicitar la anulación de esa deuda son de rango constitucional. El primero es que la deuda viola el límite constitucional establecido. La Constitución de Puerto Rico establece que las emisiones de bonos para un año, sumados al pago de la deuda y sus intereses para ese año, no pueden exceder el 15% del promedio de los recaudos del gobierno durante los dos años previos. Esta es una fórmula que se incorporó a la Constitución el 1961. A su vez, se aumentó el límite constitucional de 10 al 15%.

El planteamiento de la JCF y del CANA —añadió Torres Asencio— es que el gobierno burló ese límite constitucional en esas emisiones de bonos al omitir la deuda de la Autoridad de Edificios Públicos (AEP), deuda cuyo pago también estaba garantizada en la Constitución con los recaudos de los impuestos del gobierno; por ende, tenía que utilizarse acorde con ese cómputo. Al incorporar a ese análisis la cantidad de sobre $4 mil millones de la deuda de la AEP, la JCF y el CANA determinaron que la violación al límite constitucional de la deuda comenzó en el 2012.

Torres Asencio también trajo a la atención que la comisión anterior para la auditoría integral (se refiere a la comisión que fue eliminada por el gobernador Rosselló Nevares), había publicado un informe en junio de 2016 donde recogía estos argumentos y planteaba que la violación al límite constitucional de la deuda no solo se estaba dando en esas emisiones, sino que posiblemente comenzó mucho antes. Agregó que, de hecho, en el informe que publicó la

El segundo argumento que utiliza la JCF para reclamar la anulación de esas emisiones de bonos es que estos fueron utilizados para pagar el déficit estructural presupuestario del gobierno. Según Torres Asencio, ese es un argumento muy importante que también la Comisión original planteó en su informe de junio de 2016 y que la Comisión Ciudadana también ha acogido, ya que desde el 1974, cuando el entonces secretario de Justicia de Puerto Rico (Francisco De Jesús Schuck) emitió una opinión concluyendo que las emisiones de bonos sí podían ser utilizadas para cuadrar el presupuesto, el gobierno ha estado incurriendo en esa práctica.

A juicio de la Comisión Ciudadana, si la JCF está reconociendo que esa práctica violenta la Constitución de Puerto Rico, se tiene que exigir que se anulen todas las emisiones de bonos que han sido utilizadas para financiar el déficit estructural que viene arrastrando el país.

No obstante, al reconocer que la petición de la JCF y el CANA es un primer paso muy importante, el portavoz de la Comisión Ciudadana hizo hincapié en que todavía es necesaria una auditoría ciudadana de la deuda, integral e independiente, para seguir dándole fuerza a estos argumentos. Reiteró que hay que exigir a la juez Taylor Swain que comience por la anulación de esas tres emisiones.

A preguntas de CLARIDAD respecto a qué otros argumentos podrían presentarse ante la juez, señaló que, por ejemplo, en el informe de junio de 2016 de la Comisión se hablaba de que otra práctica que podría violar otra disposición constitucional es que la Constitución exige que el repago de una deuda no exceda los 30 años, salvo en el caso de deuda de vivienda. Esta puede ser a 40 años, pero ahora mismo Puerto Rico no está pagando deuda relacionada con vivienda. Señaló que, por décadas, el gobierno de Puerto Rico incurrió en la práctica de que cada vez que vencía una cantidad razonable de un pago de una deuda, esta se refinanciaba, con lo cual se extendía la vida de esos préstamos.

Aunque dijo que este es un argumento que todavía no se ha empleado ante la juez Taylor Swain, le parece que podría considerarse. Aun cuando la constitución dispone que el repago máximo de una deuda sea por 30 años, en los acuerdos que está negociando el gobierno de Puerto Rico y JCF todos parten de la premisa de que el repago va a ser a 40 años.

Otro planteamiento alternativo que dijo se recoge en la moción es sobre unos descuentos que se estaban dando en las mismas emisiones de bonos, por los que se reclamaban unos intereses futuros. Sobre esta práctica el Código Federal de Quiebras ha resuelto que esos intereses no son asegurados, no se pueden reclamar de la deuda. Mientras, la Junta y el CANA están reclamando que se les exima del pago de sobre $230 mil millones. Hizo la observación de que este es un argumento a presentarse ante la eventualidad de que el tribunal rechace los otros argumentos. Aun así, los argumentos más importantes son los constitucionales, recalcó.

A la interrogante de cómo es que la objeción a la deuda de estas últimas tres emisiones de bonos sale del informe encomendado por la JCF a la firma de Kobre & King, y no sale ninguna otra, Torres Asencio afirmó que “así es”. Comentó que el informe de esa firma cita a su vez el informe de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público de manera bastante cínica. Deja en manos de organizaciones como esa comisión el litigio sobre la constitucionalidad de la deuda. Añadió que aun cuando el informe de Kobre & King se abstiene de pronunciarse sobre los aspectos constitucionales de la legalidad de la deuda y evade el tema, sí contiene un capítulo sobre la deuda de la AEP con argumentos a favor de incluir los $4 millones dentro de los límites constitucionales. A eso es que quiere la JCF incorporar su argumento.

Torres reparó en que el CANA llevaba tiempo presentando este argumento al tribunal y que tanto el CANA como la Comisión Ciudadana sostienen que el cómputo que está haciendo la JCF es insuficiente: “Es mucho más la deuda que se le imputa al gobierno de Puerto Rico, que violó ambas cláusulas constitucionales; por ende, se debe reclamar su anulación al tribunal”.

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