Mirada al País-Amarres a la negociación colectiva en el servicio público

Especial para CLARIDAD

Mientras la legislatura hizo su intento fallido por pasar por encima del veto del gobernador a la legislación que impone un salario mínimo escalonado para los empleados públicos, la Junta de Control Fiscal evaluará la llamada Reforma al Servicio Público que implica una revisión del Plan de Clasificación y Retribución del gobierno y su impacto en el plan fiscal que ha establecido la Junta. En ese sentido la pugna entre la Legislatura y el Ejecutivo está sujeta a lo que determine la Junta.

La razón del gobernador para imponer el veto al Proyecto del Senado 563 es que supuestamente el Plan de Clasificación y Retribución mejorará las escalas retributivas de los empleados. Hasta ahí todo parece lógico. Lo que no dicen las noticias, ni el gobernador y tampoco los legisladores es que desde la Ley 7 de 2009 (medicina amarga de la Junta de Estabilización y Reconstrucción Económica y Fiscal) los convenios fueron congelados y luego recibieron recortes a beneficios económicos y de condiciones de trabajo, además de más de 20,000 empleados ser despedidos. Todo al amparo de políticas neoliberales que impusieron cargas de austeridad sobre los hombros de la clase trabajadora mientras repartía millones de dólares en ganancias a empresas, consultores y allegados a los gobernantes.

Las leyes especiales aprobadas en 2017 al amparo de la Ley PROMESA limitaron aún más los convenios y al presente no hay mucho margen de negociación. En resumen, la negociación colectiva como derecho constitucional y estatutario ha quedado trunca e inefectiva. Los trabajadores del servicio público están perdiendo su derecho a negociar su salario y están en riesgo de perder su puesto de trabajo, tareas y otras condiciones de empleo ya que el Plan de Clasificación tiene que ver con las tareas y ubicación del puesto. Veamos.

El P del S 563 proponía un salario mínimo de $8.50 la hora en el 2022 para escalonar el salario hasta $10.50 la hora en el 2024. De esta manera se pretende igualar el salario entre empresa privada y pública. Sin embargo, las escalas propuestas comienzan con un salario mínimo de $9.25 la hora para un salario base de $1504 en la escala numero 1. Cuando el salario se elevara a $9.50 la hora los trabajadores agrupados en esa escala tendrían que ajustarse su salario. Y cuando se proyectara el salario de $10.50 la hora entonces las primeras cinco escalas propuestas estarían obsoletas, es decir por debajo del salario mínimo.

Lo anterior implica que el ajuste necesario en las primeras escalas debe afectar de manera positiva la totalidad del plan que consiste en 44 escalas. De no hacerlo el plan completo se hace obsoleto, no refleja equidad salarial y provocara miles de querellas por parte de los empleados afectados. Esta es la verdadera razón para no aprobar el Proyecto de Ley del Senado 563 que establece un salario mínimo por hora.

A dos meses de hacer efectivo dicho Plan el mismo no se discute con los sindicatos ni con los trabajadores. Hay una brecha mayor entre los puestos unionados y no unionados ya que para estos (no unionados) existe otra escala que parte de un salario base de $1829 mensual ($325 más que el salario base de un unionado, cuando pueden tener el mismo puesto). Entre esas dos escalas, cuando usted compara las escalas número 44 de los unionados y los no unionados existe una brecha de $4,517 entre los salarios básicos de los puestos ubicados en tales escalas.

Tampoco se dispone ajuste por el costo de vida. En fin, estamos ante un Plan arbitrario e unilateral, y sobre todo patronal. Donde la voz del trabajador no es escuchada.

Cuando en 1998 se discutía el proyecto de ley que se convirtió en la Ley 45, llamada Ley de Sindicalización de Empleados Públicos, los que presentamos oposición a dicha ley argumentamos entre otras cosas que la prohibición de negociar las Áreas Esenciales al Principio de Merito era un acto de negar la negociación misma. El salario no se considera parte del Merito por lo cual se permite negociar. Sin embargo, si el patrono establece la Clasificación de Puestos, que es el acto de ordenar el valor de cada puesto basado en responsabilidades, complejidad, requisitos mínimos, entre otros factores, y luego le impone un salario sin consulta alguna entonces que participación y oportunidad de negociación existe.

Si usted añade los beneficios de licencias recortados, la eliminación de las pensiones, los cambios y deberes añadidos a los puestos por el uso de la tecnología, los cambios en los procesos y sobre todo el costo de vida, que debe incluir el costo de los estudios, entonces entenderá lo mucho que hay para negociar.

Pero el gobierno pretende que los empleados se llenan los ojos con un aumento de salario que provee la escala de salario para algunos sí y para otros no. La implantación del plan requiere negociar el aumento mínimo que debe recibir todo empleado ya que si esto no se hace los empleados reciente alcanzarán o se igualaran en salario con los de mayor antigüedad. También debe ajustarse el salario a escala y proveer un mecanismo negociado con las uniones para atender las querellas de clasificación y retribución. Y sobre todo negociar aumentos de salario periódicos durante la vigencia del convenio.

El momento requiere una discusión abierta y clara entre los trabajadores unionados. La demanda por un proceso de negociación es urgente. Los sindicatos tienen que reconocer que es su deber reclamar los puestos de trabajo necesarios y participar en la redacción de deberes, tareas, responsabilidades, equivalencias y demás factores que afectan un puesto de trabajo.

El P del S 563 es solo la punta del tempano de hielo que encierra el empleo público, las políticas de austeridad y privatización, los planes de la Junta de Control Fiscal para destruir el sindicalismo, las leyes protectoras del trabajo y el servilismo de los gobernantes.

Artículo anteriorDe beisbol, boxeo y lucha
Artículo siguienteDeuda de la AEE: No hay cargo razonable