Mirada al País: No despierten al león porque no está dormido.          

Mirada Cooperativista          

Especial para CLARIDAD

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El año nuevo comenzó para los cooperativistas con la noticia de la radicación en el Senado de un proyecto de administración: el PS 715. Este proyecto fue producido por la rama ejecutiva y aparece presentado por la delegación novoprogresista del Senado.  El eje principal gira en torno a cambios en la regulación de las cooperativas no financieras, conocidas como Cooperativas de Tipos Diversos. Aquí se ubican las de trabajo asociado, agrícolas, de servicios, vivienda, de producción, industriales, entre otras. Estas cooperativas en la actualidad son reguladas por la Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas, COSSEC. Esa regulación lejos de propiciar su desarrollo y procesos de crecimiento y acompañamiento está ceñida a la regulación estricta y rigurosa del sector financiero cooperativo. Hace años que los líderes cooperativistas vienen abogando por el establecimiento de procesos que fomenten el fortalecimiento y crecimiento de estas cooperativas. Sus reclamos no han sido escuchados y los que optan por organizar una cooperativa de tipo diverso suelen enfrentar métodos de supervisión que desalientan y dificultan el desarrollo vigoroso del modelo que tanto necesita el país. Tanto que miran para el norte y en Estados Unidos estas cooperativas no tienen un ente gubernamental que las supervise directamente. Dependiendo su naturaleza son reguladas por las distintas agencias con las cuales interactúan.  Además de lo anterior, el proyecto contiene asuntos que afectan al sector de ahorro y crédito y al organismo representativo del cooperativismo puertorriqueño, la Liga de Cooperativas de Puerto Rico.

 

Además, el PS 715 propone entre otros aspectos:

  • Enmendar el marco legal vigente en específico la Ley General de Sociedades Cooperativas (Ley 239-2004) y a las leyes habilitadoras de COSSEC (Ley 114-2002) y CDCOOP (Ley 247-2008) 114-2001; 247-2008 y 239-004
  • Transfiere la regulación de las Cooperativas de Tipos Diversos a CDCOOP. Para hacerlo dispone de recursos económicos del sistema cooperativo para ser allegados CDCOOP para el ejercicio de la función delegada. Establece una fórmula para el pago anual muy parecida a la que las cooperativas utilizan para la aportación a la Liga de Cooperativas.
  • Los fondos pasarían a una entidad pública (CDCOOP)que no rinde cuentas al sistema cooperativo, ni está regida por los procesos democráticos y transparentes que se desarrollan al interior del movimiento. Descarta la obligación de las cooperativas de contribuir al sostenimiento de la Liga de Cooperativas y dispone la misma cuota compulsoria a pagarse a la agencia pública, CDCOOP . Pretende así debilitar una organización que está próxima a cumplir 74 años de existencia en la defensa y promoción del modelo cooperativo. Para los cooperativistas esto representa un ataque directo a la institución que se ha destacado por la protección del modelo y sobre todo por denunciar las agendas políticas a través de los años. Desde sus orígenes la Liga de Cooperativas fue creada y sostenida por el movimiento cooperativo sin necesidad de imposiciones legales. No obstante, en el Estado, en reconocimiento a su importancia dispuso la aportación legal a esta.  Al hacerlo, el Estado le asignó nuevos deberes que ha logrado desarrollar con efectividad para beneficio del movimiento y la sociedad puertorriqueña.
  • Autoriza a CDCOOP a imponer multas y a cobrar a las cooperativas el costo de los gastos de exámenes e investigaciones. Estos serian procesos más punitivos cuando la agencia tiene un mandato legal desde el 2008 (Ley 247) que no ha logrado implantar de suscitar “un rol cada vez más protagónico del propio Movimiento Cooperativo, reduciendo la dependencia en las acciones gubernamentales, con miras a que eventualmente el propio Movimiento Cooperativo asuma pleno control de su desarrollo.”
  • En una acción en contra de la transparencia que debe regir dispone la adopción de políticas de confidencialidad de información.
  • En un lenguaje ambiguo destaca de 5 ciclos contables para que COSSEC se adhiera en un plazo de 5 ciclos a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (GAAP). La confusión se presta a eventualmente impactar a las cooperativas de ahorro y crédito que han rechazado ese término para el cambio por el efecto lesivo al sistema.
  • Elimina las facultades de la Junta Rectora de la Comisión de Desarrollo Cooperativo para revisar acciones de COSSEC, mecanismo impulsado por el sistema cooperativo para de alguna manera garantizar políticas públicas cónsonas con el modelo y la despolitización de las entidades gubernamentales.

No obstante, desde el mes de diciembre y mucho de antes del proyecto 715 los cooperativistas impulsaron el Proyecto del Senado 644. Esta pieza fue presentada por las senadoras García Montes y González Arroyo. El proyecto recogió prácticamente el insumo del trabajo realizado por la Liga de Cooperativas a partir de primer Plan Fiscal (2017) que impactó a las cooperativas. Lo anterior incluye los resultados de reuniones con el liderato y el trabajo de análisis desarrollado junto a profesionales y técnicos conocedores del sistema. Este será el tema de nuestra próxima columna. Por el momento destacamos la importancia de rechazar el PS 715. Es un nuevo agravio a un sistema al cual pertenecen más de un millón de socios y socias y que, sin lugar a dudas, no se quedarán de brazos cruzados.

No despierten al león porque no está dormido.

La autora es líder cooperativista.

 

 

 

 

 

 

 

 

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