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¡Mesi, Mesi!…llegaron las mochilas a Haití

Gracias a la solidaridad del pueblo puertorriqueño, tanto la facultad como los y las estudiantes de la escuela Solidarité en Leogane, Haití recibirán el próximo año escolar abastecidos de materiales.

El Comité de Solidaridad con el Pueblo de Haití agradece a todos y todas los(as) que se solidarizaron con la campaña de recogido de mochilas y efectos escolares para la comunidad de la escuela Solidarité. De manera especial, el Comité le da las gracias a todas las personas que pasaron por la sede del periódico CLARIDAD para dejar sus donativos.

Con sonrisas y al son de “mesi” –gracias en creole–, niños, niñas y jóvenes recibieron a la delegación del Comité que la semana pasada fue a entregarles parte de las donaciones, comentó a este medio Lucy Magali Millán, una de las portavoces que tuvo la oportunidad de sentir de cerca la alegría de los niños.

“Fue mucho más de lo que esperábamos porque eran aproximadamente 2 mil mochilas. La gente se botó, no solamente con las mochilas, sino con los materiales escolares que les echaron adentro”, dijo Josefina Pantoja, integrante del Comité. Como los donativos superaron las expectativas, en ese primer viaje llevaron 300 bultos y parte de los materiales. Durante esta semana, harán un segundo viaje, esta vez en Ferry, para terminar la entrega del resto de los útiles.

Además de personas de todos los pueblos del País, se unieron a esta campaña las parroquias de la Diócesis de Caguas. En ese sentido, la iglesia de San Antonio de Padua, del municipio de Barranquitas, donó 600 mochilas, la iglesia de Cayey centro donó 200, mientras que iglesias católicas de Juncos, Gurabo, Naranjito, Comerio y Caguas también se solidarizaron con la causa. El Comité de Solidaridad con el Pueblo de Haití también extiende su agradecimiento a la Liga de Cooperativistas de Puerto Rico, a la Hermandad de Empleados Exentos No Docentes de la UPR, y a la organización Red de Solidaridad y Esperanza.

Esta campaña se realizó por primera vez cuando el Comité inauguró la escuela Solidarité en noviembre de 2011. El plantel, localizado en Leogane, atiende a una matrícula de 260 estudiantes de comunidades aledañas. Asimismo, a chicos y chicas de los orfelinatos Nuestra Señora de Notre Dame y Hogar Nueva Esperanza. Los niños y niñas de los Orfelinatos Fe y Alegría también obtendrán mochilas.

“Es una de la naciones del Caribe más cercana a Puerto Rico, pero es tan olvidada y discriminada por la gente. Fue una nación pionera en lograr su independencia, su libertad y la abolición de la esclavitud, así que desde antes de que se formara el Comité tenía ese interés por Haití. Una vez que conecté con el trabajo solidario con Haití, que trasciende la parte caritativa de donar cosas si hay desgracias atmosféricas (que es lo importante, pero no lo determinante), mi interés es que se continúe hablando de Haití y que sea una solidaridad constante, no de ocasiones”, comentó Pantoja sobre el porqué de su desprendida labor para el pueblo de Haití. “Además, que cuando tú les ves los ojitos a esos nenes y a esas nenas, no te queda de otra”, concluyó.

Se contradicen el Departamento de Salud y la Junta de Calidad Ambiental sobre las cenizas de carbón

El Campamento contra el depósito de cenizas en Peñuelas, denunció el lunes 17 de julio las contradicciones que existen entre el Departamento de Salud (DS) y la Junta de Calidad Ambiental (JCA) respecto a la peligrosidad y toxicidad de los desperdicios de ;a quema de carbón. La información fue presentada en conferencia de prensa desde el área del campamento en Peñuelas.

La información se origina el pasado 23 de mayo de 2017, en la ponencia que presentó el secretario del Departamento de Salud, Dr. Rafael Rodríguez Mercado, ante la Comisión de Salud Ambiental del Senado que evaluaba en aquel entonces los proyectos para prohibir el depósito de las cenizas en Puerto Rico, éste aseguró que las cenizas de carbón contienen elementos tóxicos y que el almacenamiento y disposición de los mismos puede amenazar la salud humana.

Al compartir los datos epidemiológicos que tiene el DS, el Dr. Rodríguez Mercado explicó que desde el punto de vista médico “existe abundante evidencia de los efectos causados por una exposición indiscriminada a los contaminantes del carbono. Está aceptado el hecho de que los residuos de la combustión del carbón en su forma de ceniza tienen efectos detrimentales para enfermedades cardíacas, cáncer, enfermedades respiratorias (asma, enfermedad obstructiva del pulmón) y accidentes cerebro-vasculares”.

El titular de Salud expresó claramente que las cenizas de carbón sí son tóxicas. “Por otro lado, los elementos tóxicos presentes en las cenizas volantes, además de entrar directamente por inhalación o infusión a través de la piel, pueden ser absorbidos por el cuerpo humano por procesos naturales”, manifestó Rodríguez Mercado.

Esta contundente evidencia contradice a la Lcda. Tania Vázquez Rivera, presidenta de la Junta de Calidad Ambiental (JCA), quien declaró a un medio de comunicación de la capital que empleados de su agencia evalúan con mucha seriedad los resultados de dos métodos analíticos de lixiviación y que éstos determinan que las cenizas no son peligrosas. “Estos científicos boricuas han concluido una y otra vez, estudio tras estudio, que estos residuos de la combustión de carbón no son peligrosos, y están dispuestos a explicar cada uno de los datos y conclusiones científicas en cualquier foro científico, con profesionales certificados y que tengan datos científicos empíricos certificados,” comentó Vázquez Rivera.

El 16 de julio de 2012, el entonces Jefe de la Subdivisión de Cumplimiento del Resource Conservation and Recovery Act (RCRA), bajo la Región 2 de la EPA, George C. Meyer, le escribió una carta a la JCA donde ponía en duda la efectividad de los “dos métodos analíticos de lixiviación” que defiende ahora Tania Vázquez Rivera.

“EPA cree que el TCLP y SPLP pueden subestimar el potencial de lixiviación de componentes peligrosos de la reutilización de cenizas de carbón en comparación con el Leaching Environmental Assessment Framework (LEAF). Como ustedes saben, la EPA desarrolló los métodos LEAF en respuesta a las preocupaciones planteadas por la Academia Nacional de Ciencias, el Consejo Asesor Científico de la EPA y otros sobre el uso de pruebas de pH de punto único como TCLP y SPLP para evaluar el potencial de lixiviación de los residuos de combustión de carbón”, señaló Meyer.

Amenazada la Zona Marítimo Terrestre

Como un proyecto peligroso con la intención de privatizar las playas para facilitar la construcción de proyectos turísticos dirigidos a público del exterior, varios entrevistados coincidieron respecto al proyecto de la Cámara de Representantes PC 812. Alegadamente el propósito del proyecto es “establecer los límites del dominio público marítimo respecto a las propiedades colindantes”.

A preguntas de este semanario el profesor de ocenografía física, doctor Aurelio Mercado, acotó que el proyecto es uno que amerita aclaración, “algo que trataré de hacer lo más resumido posible”. El profesor del recinto de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico (UPR-M) comenzó por narrar que desde por lo menos el tiempo de los romanos se ha reconocido que las playas son públicas. En el caso de Puerto Rico, España adoptó la Ley de Aguas de 1866, la cual reconoció que las playas son públicas y la trajo a la Isla en 1886 bajo la Ley de Puertos. Esa ley de 1866 se basó grandemente en el Código General de Aguas (1859) de Don Cirilo Franquet y Bertrán, reconocido ingeniero de canales de esa época. En el capítulo titulado Aguas Saladas, el Ing. Franquet razonablemente concluyó que las mareas de las costas del Mediterráneo español no eran sensibles comparadas con las mareas del Mar Cantábrico al norte de España. Eso por la sencilla razón de que las mareas en el Cantábrico suben y bajan de 3 a 4 metros, penetrando así kilómetros tierra adentro de la península ibérica. Mientras que en el Mediterráneo las mareas son micromareas, variando por solo centímetros en muchas partes, mojando así una angosta franja de playa.

Con el objetivo de definir una zona marítimo-terrestre (ZMT) de suficiente ancho que sirviera para el uso y disfrute de la ciudadanía, de manera lógica Franquet y Bertrán concluyó: “Las playas del mar que comprenden todo el espacio que bañan las pleamares en el Océano y las mayores olas durante las tempestades en el Mediterráneo, pertenecen al dominio público nacional”. De ahí es que sale la tan trillada frase de “marea sensible vs marea no sensible”. En el Atlántico español la marea es sensible, y en el Mediterráneo no es sensible. Así se dispone tanto en la Ley de Aguas española de 1866, como en la Ley de Puertos de 1880 adoptada en la Isla en 1886.

Mercado censuró el que aquí en Puerto Rico, los que desean privatizar nuestras playas, le han dado un giro a esa definición argumentando que la marea es sensible sólo cuando se puede manifestar horizontalmente, y es no sensible cuando no puede hacerlo. “Por ejemplo, pegado a un acantilado. Y por lo tanto, en una playa, como la marea es sensible, hay que usar la línea de marea alta para delimitar la playa pública de la privada. Lo cual arroja una estrecha franja de apenas unos pocos pies de ancho. Y sólo frente a un acantilado es que se puede usar el criterio de olas de tormenta”.

Alertó que en el caso judicial de Buono Correa vs DRNA el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) concluyó que es el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) es el que tiene el conocimiento para usar una serie de criterios para deslindar la ZMT. Estos criterios son; marea alta, olas, vegetación, mangles, o dunas. El PC 812 propone eliminar esa discreción y dice que, donde la marea sea sensible, solo se utilizara la costa de la marea alta (playa “mojada”), siendo el resto de la playa (la “seca”) propiedad privada. “Obviamente, eso no es lo que la legislación española quería decir con marea sensible vs. no sensible. Olvídense de las dunas, olas, etc. Tierra adentro del deslinde de la ZMT existen las llamadas servidumbres, propiedad privada con el gravamen de que el público puede usarlas”. Mercado desmintió que lo que dice el proyecto de que no habrá cambio alguno ya que el público podrá seguir usando la playa “seca”.

“No nos podemos dejar engañar. Entre el 2000-2008 la Junta de Planificación adoptó un reglamento (el 85.07) que permitía la construcción dentro de la servidumbre de salvamento, solo dejando seis metros de separación con el deslinde de la ZMT. Por esto, y más razones, es que no se puede permitir que el deslinde de la ZMT se haga tan cerca de la orilla”.

Por su parte el experto en derecho Ambiental, profesor Pedro Sadeé Lloréns también describió como “peligrosisíma” la medida. “Ese proyecto tiene el peligro de hacer perder áreas públicas a intereses privados por la forma en que maneja la definición de ZMT porque no está bien estudiado e ignora que este es un asutno que ha estado trabajando una comisión del DRNA”.

Apuntó a que no es la primera vez en que se radica un proyecto con esas intenciones, como por ejemplo lo fue, con la controversia de La Parquera, que pretendía ceder derecho de propiedad a las casas ilegales que hay sobre la laguna. Sadeé Lloréns coincidió en que a la luz de todo lo que sucede con el Cambio Climático, de haber una revisión de la definición de la ZMT debería ser para ampliarla y no para reducirla.

Mientras el planificador ambiental Jorge Rivera Herrera, hizo la anotación de que era importante discernir en cuanto a las implicaciones de la definición de la ZMT sobre la titularidad del terreno y los usos que se le deben aprobar y/o permitir. “El hecho de que se reconozca la franja del ancho que sea como un bien de dominio público de la ZMT eso implícitamente asigna a esos terrenos como de dominio público y un ente privado no puede tener un uso exclusivo sobre los mismos, así que evidentemente el propósito es para privatizarlo”.

Hizo la salvedad de que aun tomando en consideración el CC, no necesariamente hay que reconsiderar la definición de la ZMT, por lo que es importante que el estado pueda discernir ya que, el estado puede adoptar una serie de medidas que permitan o limiten los usos más allá de la ZMT, lo que son bienes de dominio público. Insistió en que el estado puede reconocer precisamente los impactos que ya estamos recibiendo del CC, impactos previsibles de cara al futuro, como lo son las consecuencias del nivel del mar. “El estado en un ejercicio responsable dirigido al desarrollo económico y de la conservación de los recursos naturales sobre todo a la seguridad pública debe de ser más estricto o efectivo en cuanto a los usos a permitirse en los terrenos cerca al litoral costero, tanto los privados como los de dominio público”.

Al igual que los otros consultado Rivera Herrero, dijo que no cree que se necesite una redefinición de la ZMT. “Hay una realidad para bien o para mal, muchas personas han interpretado de una manera diferente lo que es el espacio que cubre la ZMT. Esa interpretación ha llegado al Tribunal Supremo de Puerto Rico es evidente que hay una incongruencia en cómo se ha interpretado lo que es el límite interior de la ZMT tan es así que el DRNA lo ha aplicado de forma irregular según el caso a través de todo Puerto Rico durante años y décadas”. Atribuyó que esa inconsistencia del DRNA es lo que en gran medida ha llevado a todas esas interpretaciones de lo que es el límite interior de lo que es la ZMT. Al igual que Mercado, el planificador ambiental se refirió a los orígenes de la definición española de la ZMT.

“Cuando se adopta esa definición por la corona española había un reconocimiento del acceso que todo ciudadano debía tener al mar como parte de un derecho natural al disfrute de lo que son elementos básicos en la vida y la necesidad de salvaguardar esa línea de costa para actividades del comercio y la seguridad tanto de los individuos como la nacional y de ahí es que surge la franja de la servidumbe de vigilancia como de salvamento, un terreno hacia el interior de la tierra continúo al límite inferiror de la ZMT”. Aunque esa franja inferior es privada -aclaró- ésta tiene que estar expedita de estructuras permanentes para que no obstruya a las fuerzas militares para que pudiesen llevar a cabo precisamente sus tareas de vigilancia y la servidumbre de salvamento es para que en caso de naufragio las personas que pudiesen llegar hasta la playa, así como la mercancía que se pudiera salvar se pudiera almacenar en esos terrenos privados como medida de emergencia y que el dueño no pudiera reclamarlos como suyos.

Rivera Herrero defendió que todavía hay razón de ser de esa definición; uno el derecho natural del acceso al mar, el que la legislación responde a las intenciones de privatización y construcciones de lugares turísticos para un público exterior. “Es parte de una tendencia de décadas en las que el gobierno continúa renunciando a su deber de velar por los bienes públicos para colocarlos en manos privadas”.

Clemente es parte de nuestra cultura

¿A quién pertenecen los objetos históricos relacionados con la vida de Roberto Clemente? ¿Por qué éstos pueden venderse y sacarse de Puerto Rico sin ningún tipo de restricción? Estas interrogantes han estado debatiéndose en Puerto Rico luego de que a principios de julio la familia del legendario pelotero puertorriqueño efectuara una subasta pública en la ciudad de Miami en la que vendió al mejor postor decenas de artículos directamente vinculados a la trayectoria deportiva de quien sin duda es una de las figuras más veneradas de la historia puertorriqueña del siglo XX.

En la subasta participaron numerosos coleccionistas privados estadounidenses que pagando entre 4 y 7 millones de dólares (los datos exactos no se conocen) se quedaron con los objetos. La venta levantó inmediatamente cuestionamientos y, entre otros, la actual presidenta del Comité Olímpico, Sara Rosario, señaló que lo vendido es parte del patrimonio cultural boricua y debió permanecer en Puerto Rico. Otros defendieron el derecho de la familia Clemente para vender lo que entendían era de su propiedad.

Lo que este incidente demuestra es la ausencia de un marco legal, ejecutable y efectivo, que proteja el patrimonio cultural de los puertorriqueños de la codicia privada. Aunque existen leyes que protegen ciertos bienes –como los que provienen de yacimientos arqueológicos– no existen estatutos que reglamenten el mercado de obras de arte ni de objetos históricos, como los mercadeados por la familia Clemente. En cuanto a la posible existencia futura de esa legislación protectora, la realidad del colonialismo surge inmediatamente como barrera infranqueable.

Una gran cantidad de países tienen ese marco legal que, entre otras cosas, declara “inexportable” las obras de determinados artistas y objetos de valor histórico. Estos pueden ser de propiedad privada y también mercadearse, pero nunca pueden ser sacados del país. Las pinturas de Diego Rivera en México, por ejemplo, y las de Wifredo Lam en Cuba, integran el patrimonio cultural de esos países y sólo pueden abandonar el territorio nacional con autorización del Estado.

Actualmente en España se debate el “caso Botín”, en torno a una pintura de Pablo Picasso, que ilustra el poder de la legislación a que nos referimos, que allí se llama “Ley de Patrimonio Histórico” y data desde 1985. En 2012, la empresa británica Christie solicitó autorización para llevar de Madrid a Londres una pintura de Picasso fechada en 1906, que el banquero Jaime Botín había adquirido en 1977, también en Londres, y que luego llevó a su país. El Ministerio de Cultura, por conducto de una junta especializada, declaró que el valor artístico de la obra la hace “inexportable”, y al amparo de la ley protectora prohibió su salida. El asunto se complicó porque el banquero sacó subrepticiamente la obra en su velero privado, alegando luego que se encontraba fuera del territorio nacional español, pero la misma fue incautada por aduaneros franceses a petición de España. Ahora el debate se centra en un particular artículo de la ley española donde se establece que si una obra declarada patrimonio histórico es sacada del país sin autorización oficial, ésta puede ser confiscada por el Estado y pasa ser propiedad pública. El valor estimado de este Picasso es 26 millones de euros.

La misma legislación protectora española ha sido utilizada en otras ocasiones con objetos de valor histórico como fue el caso de una carta de Cristóbal Colón, propiedad de la Casa de Alba. Más recientemente se invocó el estatuto para impedir la exportación de unas acuarelas del siglo XVIII adquiridas en subasta por un museo peruano. En este último caso existe un conflicto entre países porque las acuarelas, que presentan estampas de la vida peruana, fueron pintadas en Lima, Perú que reclama que son parte de su patrimonio cultural.

En el caso de los objetos que fueron propiedad de Roberto Clemente no se trata, como se dijo en algunos medios de prensa, de mera “memorabilia deportiva”. El carolinense se destacó en el deporte, pero tras su trágica muerte mientras realizaba gestiones humanitarias a favor del pueblo de Nicaragua se convirtió en una de las más importantes figuras de la vida puertorriqueña del siglo XX.

Además de su excelencia como pelotero, Clemente es símbolo de la lucha puertorriqueña contra el discrimen racial y étnico. Mientras construía su leyenda deportiva en diamantes de béisbol de múltiples ciudades de Estados Unidos, se enfrentó valientemente al racismo y a la xenofobia proclamando con orgullo en todo momento su nacionalidad boricua y latinoamericana. Su trayectoria beisbolera discurrió desde finales de la década del ’50 hasta el mismo periodo de la del ’70, un periodo en el que el racismo y el odio xenófobo en Estados Unidos, generalizado y enraizado, resistía la lucha de los afronorteamericanos para hacer valer sus derechos civiles. Clemente, con su excelencia deportiva y su permanente disposición a rechazar el discrimen, ayudó a adelantar esa lucha proclamando en todo momento su identidad boricua.

La probabilidad de que Puerto Rico pueda crear legislación como la que existe en muchos otros países choca con nuestra realidad colonial, sobre todo si se pretende impedir que la voracidad de los coleccionistas y comerciantes de Estados Unidos caiga sobre objetos tan codiciados como los asociados con Clemente. El muy protegido “comercio interestatal” abre una llave que desde la colonia no se puede cerrar.

Hace cinco décadas Clemente impuso su excelencia deportiva por encima del discrimen y el odio racial que lo quería marginar. Hoy, los descendientes de aquellos que lo quisieron arrinconar buscan con avidez sus objetos convertidos en mercancía de gran valor. Para los puertorriqueños esa “memorabilia” nunca será tal, sino parte importante de nuestro acervo cultural que nos toca proteger.

Casa desvencijada

Cuando se intenta describir la situación de Puerto Rico abundan, con distintos matices, las referencias a la contracción económica, el desempleo, la emigración, la insuficiencia fiscal, el endeudamiento público, el desbarajuste presupuestario, las dificultades operacionales del aparato gubernamental, la debilidad de la gestión empresarial privada, la descomposición social, la corrupción, la inseguridad, la desconfianza, la incertidumbre… Esta lista puede tornarse interminable y angustiosamente monótona. Como si no fuera suficiente, hay que sumar todo lo vinculado a la Junta de Supervisión (Control) Fiscal, entre otras cosas la invocación de la cláusula territorial o colonial para crearla, el polémico nombramiento de su Directora Ejecutiva, el intenso intercambio epistolar con el Gobernador y la pobre y poco transparente ejecución en sus tres principales areas de competencia, a saber estabilización fiscal, reestructuración de la deuda y revitalización infraestructural.

El puertorriqueño “de a pie”, como se dice por ahí, resume la compleja e interminable lista de problemas en breves y sencillas interrogantes. “¿Qué nos pasa?” “¿Por qué no salimos del hoyo?” Sus contestaciones son igualmente sencillas. “No podemos.” “La culpa la tienen los políticos.” “Esto no lo arregla nadie.” “Estamos desorganizados.”

Ciertamente, las preguntas y respuestas lucen simples y fatalistas. Sin embargo, quizás expresan más elocuentemente el mal de fondo de la sociedad puertorriqueña que muchos estudios de asesores, expertos en vender “soluciones” pero no en enfrentarse a la raíz de los problemas del país, sobre todo si hacerlo no está incluido entre sus obligaciones contractuales o si intentarlo contraviene las mismas.

El desarrollo, el aumento en la disposición de bienes y la reducción en la generación de males, se frustra más por la incapacidad o falta de voluntad política para forjar buenas instituciones que por la carencia de recursos. Cuando el andamiaje institucional de la sociedad es inadecuado se trastocan prioridades, se dilapidan recursos, se obstaculizan las innovaciones y se ignoran o desprecian recursos que están al alcance de la mano, sean éstos, materiales como tierra, capital y ubicación geográfica, o intangibles como destrezas, conocimiento, experiencias históricas y acervo cultural.

¿Qué son las instituciones? Son instrumentos normativos o, expresado de la forma más sencilla posible, las maneras de ver, organizar y hacer las cosas. Generalmente se usa una definición amplia en la que caben el idioma, el dinero, las leyes, los sistemas de pesas y medidas, las empresas, los modales en la mesa y sume y siga. En fin, se incluyen tanto las organizaciones sociales (empresas, sindicatos, entidades gubernamentales, partidos políticos, universidades, etc.) así como las normas formales e informales que la rigen y que pautan el comportamiento de los miembros de la sociedad.

Una parte fundamental de tal instrumental institucional son una serie de poderes políticos para, por ejemplo, negociar tratados con otros países, controlar los flujos de importación y exportación de bienes y de factores de producción, establecer normas sobre la transportación y las comunicaciones, disponer para el uso y conservación de los recursos naturales, estructurar el sistema tributario, articular las relaciones laborales, definir la política monetaria y reglamentar la intermediación financiera. Se trata de un conjunto de capacidades legales críticas que actúa como condición necesaria para el desarrollo.

No obstante, contar con dichas capacidades no es suficiente. Se requiere manejo adecuado del instrumental institucional –incluso la negociación sobre el uso de dichas capacidades en distintas instancias internacionales– para orientar el ordenamiento interno del país y su inserción en la red interactiva que se llama mundo en función del desarrollo sustentable.

Mientras más completa es la caja de herramientas mejor se realiza el trabajo. Esta vieja ley la invocan los carpinteros hasta para construir una casa de muñecas. De lo contrario, la casa quedará desvencijada.

La caja de herramientas institucionales de Puerto Rico siempre ha estado prácticamente vacía. Por ello, aún en los momentos de crecimiento, su economía ha sido disfuncional.

Cuando no hay voluntad política para conquistar los poderes que no se tienen, terminan por menoscabarse los pocos poderes que nominalmente se tienen; y las sucesivas administraciones gubernamentales quedan encajadas en un perverso síndrome de impotencia e incapacidad. Entonces, se hace evidente la fragilidad de la casa y la inminencia de su desplome.

Podrán intentar venderse remedios a la crisis aquí y allá. Para tal tarea sobran asesores y políticos a la carta… Pero para poder rehacer la casa la única solución de fondo es la conquista, con todo su instrumental, de la caja de herramientas.

El autor es economista.

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