Negativa del Tribunal Supremo al magisterio

 

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La negativa del Tribunal Supremo de Estados Unidos de rechazar el certiorari presentado por el FADEP (Frente Amplio en Defensa de la Educación Pública) va más allá de los reclamos de las maestras y maestros del sistema público en la medida en que permite a la Junta de Control Fiscal (JCF) continuar con su política de desplazar toda aquella legislación que considere que es inconsistente con el plan de ajuste de deuda (PAD).

La negativa del Tribunal de acoger el certiorari presentado por el FADEP, en que se cuestionaba la doctrina de los casos insulares, mantiene viva a su vez la doctrina que han implantado la  jueza Taylor  Swain, quien dirige los casos de quiebra del Gobierno de Puerto Rico bajo la Ley PROMESA, y el Tribunal de Circuito de Boston de que la JCF  tiene el poder de legislar. El caso del magisterio es uno de dos que ha presentado  el Bufete Emmanuelli CSP, donde se cuestiona la Ley PROMESA bajo la doctrina de los Casos Insulares (CI).

En entrevista, la licenciada Zoé Negrón-Comas, miembro del equipo legal que representó al FADEP, indicó que un primer caso fue el presentado por la UTIER (Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego), en el que se trató de  impugnar la constitucionalidad de los nombramiento de los miembros de la JCF porque se hizo de una manera distinta a lo que dice la constitución de EE.UU. se hacen los  nombramiento de los funcionarios federales. Dado a que la JCF es un ente impuesto por el Gobierno federal, argumentan los abogados, sus integrantes se tenían que ver como cualquier otro funcionario federal. Pero el hecho es que a Puerto Rico se le trató distinto de nuevo y se hizo un mecanismo que no es el mismo para los otros funcionarios, por lo que entendían que había una posible base para que se revocaran los CI .

En el caso del FADEP,  en lugar de ser una demanda, desde temprano en el proceso del Plan de Ajuste de Deuda del Gobierno central, el magisterio levantó objeciones de cómo se les estaba tratando en esa propuesta,  por la manera en que se desplazaron las leyes del sistema de retiro a través del PAD. El PAD del Gobierno central fue aprobado el 18 de enero de este año y  la JCF lo que hizo fue borrar las leyes de retiro y, en su lugar, colocar la página del PAD como si fuera la nueva ley de retiro.

“Cuando eso sucede, había muchos  planteamientos, lo que nos lleva al Tribunal Supremo. Es que la Junta lo que hizo, en efecto, fue legislar”. Frente a la Junta bajo PROMESA y bajo la doctrina que ha implantado la jueza Swain, de que la Junta tiene el poder de legislar, el equipo argumentó que la decisión de la jueza fue incorrecta y que se estaba utilizando una doctrina diferente, que estaban aplicando distinto la doctrina del desplazamiento de las leyes. Las leyes se desplazan mediante legislación, precisó Negrón-Comas, y eso no ha ocurrido.

A la interrogante de si la Legislatura de Puerto Rico fue la que debió ir al tribunal, esta comentó que entiende que  la Legislatura tenía mucho que perder y, ahora, al prevalecer la doctrina de los tribunales, se está diciendo que lo que la Legislatura hace no necesariamente es lo que va a prevalecer, sino lo que la Junta diga que va en contra del PAD. Esa postura, apuntó, puede ser muy problemática.

La abogada expresó tener una  gran preocupación porque si en el caso de la deuda de la Autoridad de Energía Electrice (AEE) pasa lo que pasó con el magisterio, que se  desplazan  leyes que según la JCF son inconsistente con el PAD, “estamos viendo que muchas leyes que protegen tanto a los consumidores, los ciudadanos, al medio ambiente, en el caso de la AEE,  pudieran verse afectados”.

Por ejemplo, la legislación de la política pública energética de promover la energía renovable.

Pero si el PAD entiende que se tiene que imponer un impuesto al sol o se tiene que invertir más en gas natural,  esa ley podría quedar desplazada. Lo mismo sucede con la política pública de tarifas  razonables, que se supone se mantengan en un nivel accesible para las personas. Puede pasar también con cualquier ley que sea para proteger el ambiente, las leyes laborales y los convenios colectivos de los trabajadores en la medida en que, según la visión de la JCF, cualquiera de estas leyes afecte al PAD, según la decisión de Swain y el Tribunal de Circuito en su momento. Recalcó que “será la lucha que tendremos que llevar los trabajadores, y que uno esperaría que el Gobierno también”. Recordó que eso ya se vio en el PAD de la Autoridad de Carreteras, el cual establece aumentos anuales en los peajes.

La lucha sigue en la calle

“A pesar de ser un momento de decepción, el FADEP ni se rinde si se vende”, reaccionó Mercedes Martínez Padilla, presidenta de la Federación de Maestros y afirmó que la lucha sigue en la calle.

“Mientras otras organizaciones optaron por entregar en bandeja de plata los derechos del magisterio, desde nuestras organizaciones hemos llevado la lucha en los tribunales hasta las últimas consecuencias y continuaremos haciéndolo en las calles”, declaró.  Las organizaciones que integran el FADEP son la Federación de Maestros (FMPR), el Grupo Magisterial EDUCAMOS y la Unión Nacional de Educadores y Trabajadores de la Educación (UNETE).

Por su parte, Liza Fournier, presidenta de UNETE,  calificó de una barbaridad para el magisterio la decisión del TS.  “Una barbaridad para el magisterio, un momento triste.  Nos reafirmamos una vez más en que el estatus colonial que tiene Puerto Rico es el causante de todo esto. Si fuésemos estado o independientes esto no pasara. El Tribunal Supremo tuvo una oportunidad y tampoco lo hizo, así que le da mano libre a la Junta para seguir atropellando al pueblo de Puerto Rico.  Al pueblo no nos queda otra que organizarnos y desde la calle reclamar lo que nos merecemos: un retiro digno”.

 

 

 

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