Juicio moral en un Tribunal de Justicia

CLARIDAD

Debido al secretismo decretado por 5 de los 8 jueces que componen el Tribunal Supremo, aún se desconoce lo que ocurrió en las tres ocasiones en que Andrea Ruiz Costas acudió al foro judicial en busca de remedios. No obstante, lo que ya conocemos dibuja un cuadro bastante completo de lo que anda mal en nuestro sistema de tribunales.

Gracias al periodista Oscar Serrano, de Noticiel, conocemos el audio de la vista donde la jueza Ingrid Alvarado no encontró causa para el arresto del eventual asesino de Andrea. Los análisis que en diversos medios se ha hecho de ese audio destacan la rapidez con que se despachó el detallado testimonio de la víctima, y la aparente molestia de la jueza por el día y la hora en que se le sometió. Esos elementos sin duda están presentes en la grabación, pero hay otro mucho más serio e inquietante, que llega a los tribunales porque está enraizado en la sociedad. Es la ideología que le asigna determinados patrones de conducta a la mujer y luego la juzga cuando se aparta de ellos.

La imagen de Andrea que surge de las grabaciones que conocemos, tanto su testimonio en la vista como en conversaciones con amigas, es la de una mujer bastante liberada de convencionalismos sociales y sexuales. Sabiéndose amenazada por quien fue su compañero en la intimidad, no tuvo reparos en hablar de sus actos íntimos. De manera bastante gráfica los expuso ante la jueza para dramatizar el peligro al que se exponía. En sus expresiones vimos a una mujer joven, que disfruta su sexualidad sin atarse a convencionalismos, y es ahí donde parece estar la clave del comportamiento de la magistrada.

En la grabación que conocemos no hay expresiones de la juez refiriéndose a esa conducta de Andrea, o reaccionando a ella. Como no se ha divulgado el video de la vista tampoco sabemos de sus expresiones faciales, que a veces dicen más que las palabras. Pero la rapidez con que dispuso del caso y emitió el no causa, nos dice mucho. También nos dice mucho que no hiciera pregunta alguna buscando clarificar algún ángulo o una palabra.

Esta actuación de la juez frente al testimonio de Andrea ha sido interpretada por algunos como que no le creyó y por eso la despachó tan rápido. Mi percepción es que se trata de algo mucho más serio. Creo que la juzgó y concluyó que esa joven que hablaba con franqueza de ciertos actos sexuales no merecía la protección de un tribunal. Su silencio y la rapidez del dictamen reflejan a alguien que quiere dejar de escuchar cuanto antes lo que “esa mujer” habla. Lo que está presente en la orden de la jueza es un juicio moral, no legal.

Tal vez si pudiéramos verle la cara a la jueza Alvarado encontraríamos el disgusto, no por la hora de la vista ni por la alegada tardanza en presentar el caso, sino por la conducta de la mujer que venía a buscar protección. El no causa al perseguidor fue en realidad un juicio moral a la perseguida, que nació de los patrones que la sociedad patriarcal le impone a la mujer. La descripción que hizo Andrea se aparta de esos patrones. Es la misma que se resume en la terrible frase “ella se lo buscó”.

Ese juicio moral detrás del “no causa” al acechador es lo más serio de este caso, porque refleja un problema que no se resuelve relevando a la jueza de sus funciones ni creado “salas especializadas”. El término “educación con perspectiva de género” apunta hacia la instrucción pública, pero, además de allí, se necesita con urgencia en el sistema judicial.

El problema se agrava por la forma y manera como en Puerto Rico se selecciona a los integrantes de la rama judicial. Son tres los únicos elementos presentes antes de un nombramiento: que la persona tenga un título de abogado, ciertos años de experiencia y el apoyo que llegue de alguien ubicado en alguna esfera de poder. La competencia del candidato, su sensibilidad y su capacidad para enfrentarse a las complejidades de la sociedad moderna no entran en consideración.

Lo que ya conocemos de la jueza Alvarado resumen este problema. Todos los trabajos previos llevan el sello “confianza política”. Entre puesto y puesto estudió derecho en Ponce y, poco después de acceder a la profesión, logró el nombramiento de jueza municipal, el único que cuadraba con su poca experiencia como abogada.

¿Estaba Alvarado cualificada para el cargo de jueza municipal? Obviamente la poca experiencia como abogada no necesariamente la descartaba, pero si existiera un proceso riguroso de selección, como el que se da en los países donde el nombramiento llega tras superar oposiciones, era posible detectar otras cualidades adicionales al conocimiento mecánico del derecho. A veces resulta que, a pesar del proceso dominado por el patronazgo político, la persona nombrada resulta ser competente y sensible, pero no se nombra sabiéndolo. Es sólo una carambola.

Finalmente, volvamos al decreto de silencio emitido por la mayoría del Supremo. Ahí no se manifestó el germen de la política porque la jueza protegida es PPD y sus cinco protectores llegaron del otro bando. Fue un acto de protección del gremio. La actuación de la mayoría del alto foro es similar a la del presidente de la asociación de jueces, que anda de media tour defendiendo a Alvarado a todo dar. Esto crea enormes dudas sobre la probabilidad de que la rama judicial pueda tomar medidas para superar el grave problema que supone el juicio moral hecho a Andrea. Es ese mismo tribunal el que tendrá que pasar juicio ante una futura querella ética a la jueza, y es también el que debe dirigir el proceso que saque el machismo del sistema judicial. Su conducta hasta ahora no es la de un foro que se dispone a atender el problema con la urgencia y la profundidad que se necesita.

 

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