Si se atrevieran a pelear, hay opciones

Desde 1902 un cuerpo electo por los puertorriqueños tiene la facultad legal para aprobar el presupuesto con que funciona el gobierno. Ese fue uno de los pocos resquicios de poder que la Ley Foraker –aquel primer estatuto de administración colonial aprobado por el Congreso de Estados Unidos, tras la ocupación militar de 1898– le dio a los puertorriqueños. El acta del Congreso, en muchas partes copiada de viejos estatutos coloniales británicos, creó un gobierno civil presidido por un gobernador nombrado desde Washington, un Consejo Ejecutivo también de designación presidencial y una Cámara de Delegados de elección popular. Esta tenía la facultad de aprobar leyes para la administración de la colonia, entre ellas el presupuesto anual.

La única excepción a en el ejercicio de ese poder ocurrió en 1909. Ese año, la Cámara de Delegados aprobó un presupuesto con cambios importantes al sometido por el gobernador Regis Post, que fue vetado por el presidente de Estados Unidos, William Taft. Dado que la Cámara se mantuvo en su posición, negándose a aprobar el presupuesto que quería Post, el Congreso, por recomendación de Taft, aprobó legislación disponiendo que cuando no se aprobara un nuevo presupuesto sigue rigiendo el del año anterior. A la Constitución de Puerto Rico, aprobada en 1952, se le incorporó una disposición similar que, en principio, no trastoca el poder de la Legislatura porque el presupuesto que se mantiene en vigor también fue aprobado por ese cuerpo.

Ahora, con lo sucedido al filo de la media noche del 1 de julio de 2018, Puerto Rico ha regresado, no a 1909, sino a los tiempos previos a la Ley Foraker de 1902. A ese punto regresamos cuando la Junta de Control Fiscal, nombrada por el presidente de Estados Unidos, le notificó al Gobierno de Puerto Rico cuál es el presupuesto que debe regir en el nuevo año fiscal. El documento fue elaborado por técnicos de esa Junta y, según sus instrucciones, deberá ser implantado sin cambio alguno, salvo que ellos lo autoricen.

A pesar de ese claro regreso a los poderes omnímodos del pasado, la nueva realidad tiene algo de inédita. No se trata, como ocurrió en 1909, que el presupuesto aprobado por un cuerpo electo por los puertorriqueños haya sido rechazado, creándose, de paso, un nuevo mecanismo para dejar en vigor el que ese mismo cuerpo aprobó el año previo. Ahora estamos ante un presupuesto distinto, elaborado desde cero por un cuerpo externo a Puerto Rico que, por instrucciones de ese mismo cuerpo, el Gobierno isleño debe ejecutar sin cambios.

Y para añadirle mayor particularidad a ese momento, resulta que horas antes de que la Junta externa notificara su mandato presupuestario, la Legislatura electa por los puertorriqueños, había aprobado su propio presupuesto. Este conjunto de medidas fiscales, que fue elaborado tras meses de discusión, con vistas públicas y, valga aclararlo, considerando las instrucciones de la propia Junta, pasaría a ser un enorme ejercicio de futilidad de prevalecer el mandato juntero.

Ahora el gobernador de Puerto Rico que, desde 1952 y a diferencia del que regía en 1909 es electo por los puertorriqueños, tiene ante sí dos presupuestos. Uno ha sido elaborado y aprobado según la Constitución de Puerto Rico y el otro le fue notificado por un grupo de siete personas nombradas según una ley del Congreso estadounidense.

¿Qué puede hacer Ricardo Rosselló? Cuando asumió funciones en enero de 2017 juró defender la Constitución de Puerto Rico, que es el cuerpo legal que crea el cargo que ocupa. Según esa misma Constitución, él tiene el poder para firmar el presupuesto que apruebe la Legislatura, vetarlo y devolverlo requiriendo cambios, o aprobarlo tras alterarle ciertas partidas mediante lo que se llama “veto de línea”. En ninguna parte de la Constitución dice que el Gobernador puede descartar el presupuesto aprobado por la Legislatura y, en su lugar, ejecutar el que le envía una Junta externa al gobierno.

Al reseñar la noticia, algunos medios de prensa dieron como un hecho que desde la media noche del 1 de julio el Gobierno “opera bajo el presupuesto presentado por la Junta”, pero eso no tiene que ser así. El Gobernador recibió un presupuesto aprobado por la Legislatura según la Constitución de Puerto Rico y, si fuera fiel al juramento que hizo el 2 de enero de 2017, tendría que actuar sobre ese documento con los poderes que le da la misma Constitución.

Si actuara de esa manera, sería la Junta de Control Fiscal la que tendría que ir al tribunal a solicitar que se le ordene al Gobernador a acatar su mandato y se abriría un proceso muy interesante. Desde el punto de vista jurídico –aun dentro del marco de la legislación mal llamada Promesa– la situación no es cristalina para la JCF. La razón por la cual este cuerpo rechazó el presupuesto de la Legislatura es porque previamente no se derogó la ley que prohíbe el despido injustificado de trabajadores. La Junta requirió la derogación, pero nunca lo fundamentó, ni siquiera lo defendió. Actuando dentro del marco de sus poderes, la Legislatura se negó a derogar la legislación protectora. No se trata, como vemos, de un asunto claramente “fiscal” aunque, utilizando una lógica bastante burda, la JCF le asigna ese peso. Pero habrá que ver qué dicen los tribunales en cuanto al poder de la Junta para, utilizando castigos presupuestarios, pretender forzar a la Legislatura a derogar leyes protectoras del trabajo.

Como vemos, aun dentro del propio marco de la ley del Congreso hay campo para pelear, pero se requiere el liderato y la visión que permita dejar a un lado las luchas politiqueras –como la disputa entre el Gobernador y el presidente del Senado– disponiéndose, en cambio, a dar batallas más genuinas.

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