21 de noviembre de 1988 Tribunal Supremo declara inconstitucional la preparación de 135,000 carpetas a independentistas

Las carpetas de subversivos no fueron una sorpresa para los independentistas. Los independentistas se habían acostumbrado al hostigamiento, persecución y vigilancia de sus personas, de sus familiares y de sus actividades, como parte y consecuencia aceptada de la lucha por su ideal. Sus denuncias públicas sobre estas prácticas ilegales caían en oídos sordos ante el Gobierno y el Pueblo. Se criminalizó el amor a la patria.

En 1987 un agente de la División de Inteligencia de la Policía de Puerto Rico, de nombre William Colón Berríos, aseguró la existencia de un esquema de vigilancia y persecución a ciudadanos, alegadamente, subversivos o separatistas por las ondas radiales de WKAQ.

La División de Inteligencia se había formado como parte de un andamiaje del FBI, con personal adiestrado por éstos, para perseguir a toda persona o agrupación que se manifestara contra las políticas del gobierno, principalmente los independentistas, a los que se les conocía como subversivos o separatistas. Ya ha declarado el agente y convicto Julio César Andrades que en la vigilancia todo era permitido y que fue escalando; que los agentes eran entrenados por el FBI y les hablaban de contrainsurgencia, con autorización de tirar a matar; es decir, incluso el asesinato político estaba permitido.

Tras el país conocer la existencia de las carpetas de subversivos, la primera reacción del Gobernador Rafael Hernández Colón fue intentar destruirlas. No será la única ocasión como veremos. Para ese entonces el Lcdo. José Andréu Fuentes era el representante legal del gobierno, quien defendió la postura de la destrucción. Por su parte, David Noriega Rodríguez, al momento legislador por el PIP, se movió inmediatamente y logró una orden interdictal que prohibía la destrucción de las carpetas que fue emitida por el Juez Superior Arnaldo López Rivera. Posteriormente, éste declaró inconstitucional la práctica de persecución por razones ideológicas por infringir los derechos de libertad de palabra, de asociación y de intimidad, y por constituir ello una afrenta a la dignidad del ser humano. Ordenó que se devolvieran las carpetas a las víctimas de la persecución. El 21 de noviembre de 1988 el Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Opinión del Juez Asociado Hon. Peter Ortiz lo confirmó.

Sobre las carpetas de la parte federal de la represión antiindependentista del COINTELPRO del FBI, puede comenzar por aquí en: www.puertorico-herald.org/issues/vol4n22/FBI-es.html. Y puede seguir con: https://www.80grados.net/fbi-pierde-documentos-de-cointelpro/.

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