Exijamos a los legisladores que no se sometan a la voluntad de Keleher

Por Emilio Nieves

El pasado 24 de octubre de 2017 la Cámara de Representantes aprobó el Proyecto de la Cámara núm. 80, del representante del PNP José Aponte, para “disponer el procedimiento que deberá realizar el Secretario de Educación para el cierre, consolidación y/o reorganización de escuelas.” La aprobación unánime de este proyecto, tuvo la oposición de la Secretaria de Educación, Julia Keleher.

Este proyecto, aprobado luego del huracán María, establece que previo al cierre, consolidación y/o reorganización de escuelas el Secretario deberá preparar un estudio con 15 criterios que estará a disposición del público en el Distrito Escolar, a través de la página de internet del Departamento de Educación y una copia enviada al Director de la escuela. Además, establece que no más tarde de 45 días siguientes a la presentación del estudio, “el Departamento deberá realizar una vista pública, en la cual permitirá la participación de todas las partes interesadas y brindará la oportunidad de presentar comentarios o inquietudes con relación al propuesto cierre, consolidación y/o reorganización de la escuela.” La notificación para la vista pública deberá publicarse con por lo menos 20 días previos a la fecha de la misma y deberá celebrarse en una facilidad lo más cercana posible a la escuela afectada y con suficiente capacidad para acomodar a toda persona que interese asistir. El proyecto es específico al establecer que “deberá celebrarse por lo menos una (1) vista pública por cada escuela que se propone su cierre, consolidación y/o reorganización.”

El Informe Positivo de la Comisión de Educación Arte y Cultura que evaluó y recomendó la aprobación del PC 80 señala que “El cierre de cada escuela es un asunto serio que no solo desemboca en la incertidumbre del estudiantado, sino que también es motivo de impacto para la comunidad. Es por esto, que el cierre, consolidación y reorganización de planteles escolares debe llevarse a cabo mediante un procedimiento legislado, uniforme, medible y libre de ambigüedades que aseguren a nuestro pueblo los más altos estándares de transparencia gubernamental y de sana administración pública.”

Los criterios o indicadores que estableció la Cámara de Representantes en el PC 80 con respecto a la escuela de la cual se propone su cierre, consolidación y/o reorganización son:

a. “La matrícula actual y proyectada por los próximos cinco (5) años para los alumnos de la escuela afectada

b. Condiciones de la infraestructura; año y condición física del edificio escolar, el mantenimiento, mejoras recientes o necesarias para el edificio de la escuela, y las características especiales de dicha construcción, si alguna

c. Indicadores de aprovechamiento académico de la escuela

d. Cantidad de empleados por categoría

e. Costos operacionales, incluyendo costo por estudiante

f. Evaluación del costo/beneficio académico y los ahorros resultantes con el cierre, consolidación y/o reorganización de la escuela

g. Localización de la escuela

h. El impacto del cierre, consolidación y/o reorganización de la escuela en los estudiantes y la comunidad

i. Disposición de la escuela, incluyendo una descripción de cualquier uso propuesto o potencial del edificio escolar para otros programas educativos o los servicios administrativos

j.El efecto del cierre, consolidación y/o reorganización de la escuela sobre las necesidades de personal, los costos de la enseñanza, la administración, el transporte y otros servicios de apoyo

k. La capacidad certificada de la escuela receptora ubicada en el distrito educativo de la comunidad afectada para dar cabida a los alumnos a partir del cierre, consolidación y/o reorganización de la escuela

l. Manera en la cual se continuará proveyendo los servicios educativos a los estudiantes afectados

m. Fecha en la cual se proyecta el cierre, consolidación y/o reorganización de la escuela

n. Una explicación detallada de las razones en las cuales se basa la decisión de cerrar, consolidar y/o reorganizar la escuela

o. Cualquier otra información que el Secretario estime pertinente”

Precisamente, el reclamo de todas las comunidades escolares es que se abran espacios para discutir los criterios (indicadores) para cerrar o mantener abiertas las escuelas y las propuestas pertinentes. Este proyecto contiene un proceso que se caracteriza por la sensibilidad, el análisis y la participación democrática. Los legisladores establecieron un proceso justo en la protección del derecho constitucional a la educación, pero claudicaron ante Keleher.

¿Por qué la nueva Ley 85 de “Reforma Educativa” no incluyó intacto el contenido de este proyecto? Porque el Senado no consideró el PC 80 cuando se le sometió el 26 de octubre de 2017. Se seleccionó parcial y convenientemente parte del proyecto y su vigencia la estableció a partir del 1 de julio de 2018, no inmediatamente como indicaba el PC 80 de la Cámara de Representantes.

En la Ley 85 se mencionan los 15 indicadores, previo al cierre de escuelas, pero su vigencia es efectiva después del cierre de las 266 escuelas que la Secretaria, Julia Keleher, quiere imponer. Además, eliminan el proceso de vista pública en la cual participa democráticamente la comunidad escolar.

De este modo, los legisladores de mayoría del PNP, junto a tres senadores del PPD, que votaron a favor de la Ley 85, traicionan a las comunidades escolares al someterse a la voluntad, el capricho y la intransigencia de Keleher.

Las comunidades escolares que están siendo visitadas por estos legisladores deben reclamarles que enmienden su error. En la Cámara de Representantes aprobaron unánimemente, el 14 de mayo de 2018, una Resolución de la Cámara 909, del representante del PIP Denis Márquez, en la cual le exigen a la Secretaria de Educación “la entrega de todo documento o información relacionada con el cierre o consolidación de escuelas públicas anunciado para el próximo año escolar 2018-2019.” Esta resolución requiere información sobre las razones para el cierre y consolidación de escuelas, efectos para los estudiantes de educación especial y cualquier documento, carta o estudio relacionado. Aunque esta resolución no es específica en detener el proceso de cierre, otorga 5 días laborales para que se someta esta información a la Cámara de Representantes. Una evaluación de la información solicitada va a provocar que se detenga el proceso de cierre de escuelas.

En el Senado, Luis Daniel Muñiz, senador de mayoría, sometió una Resolución Conjunta del Senado núm. 221 para “ordenar la paralización del cierre de planteles escolares por el Departamento de Educación hasta tanto la Comisión de Educación y Reforma Universitaria del Senado de Puerto Rico pueda realizar una investigación sobre la viabilidad o no viabilidad de los cierres y para que el Departamento de Educación esboce los criterios y haga las investigaciones necesarias para determinar si un plantel debe cerrar o continuar operando.” Esta resolución no ha sido considerada por el Senado.

Por otro lado, la senadora de mayoría, Migdalia Padilla le sometió a la Secretaria de Educación una carta, con fecha del 14 de mayo de 2018, en la cual le plantea 10 preguntas y situaciones relacionadas al cierre y consolidación de escuelas. Le indica que “debido a la seriedad y potencial daño a nuestras familias y niños, el proceso de cierre se debe posponer hasta que se completen estos procesos y podamos contestar las serias y legítimas preguntas de este Senado.”

Las comunidades escolares y las organizaciones magisteriales deben endosar todas estas medidas para y reclamar que se detenga el cierre de escuelas, se discuta con transparencia la información pertinente y se evalúe desde las comunidades escolares las alternativas y propuestas.

A los legisladores hay que exigirle que no se sometan a la voluntad de Julia Keleher y que cumplan con su función de defender los derechos de los constituyentes que representan. Hay que recordarles lo que establece el preámbulo de la Constitución de Puerto Rico de “Que entendemos por sistema democrático aquel donde la voluntad del pueblo es la fuente del poder público, donde el orden político está subordinado a los derechos del hombre y donde se asegura la libre participación del ciudadano en las decisiones colectivas.”

El autor es portavoz de UNETE.

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