Nueva ley de expropiación

«Primero se tendría que desalojar a Ocean Park. Estamos todos en el mismo bote; pero ahí es que está el discrimen y la desigualdad”. Mary Ann Hopgood, portavoz de Santurce no se vende, movimiento integrado por vecinos expropiados de la comunidad San Mateo de Cangrejos, en Santurce, compara la política del gobierno de desplazar comunidades pobres ante el no proceder de la misma manera con comunidades integradas por gente de altos ingresos, como es el caso de la comunidad costera Ocean Park, en San Juan.

Aunque la expropiación de su comunidad no fue bajo el argumento de que estaba en una zona susceptible a inundaciones, se dio bajo el argumento de que el propósito era por un “bien público”.

La Ley de Expropiación de Puerto Rico ha sido catalogada como una de las peores en los Estados Unidos por el Instituto para la Justicia (JI, siglas en inglés). El JI es una organización sin fines de lucro y firma legal de libertades civiles dedicada a erradicar el abuso de la expropiación (o el “dominio eminente” como se conoce en los Estados Unidos), que se encuentra colaborando en Puerto Rico con el Comité para la Reforma de la Ley de Expropiaciones, integrado por representantes de 30 comunidades.

El estudio de JI denuncia que los derechos de propiedad de los puertorriqueños son ignorados de manera rutinaria por los funcionarios del gobierno que “creen que su poder es esencialmente ilimitado”. En este se examina la Ley de Expropiación de la isla a la luz de la experiencia con ese mismo poder de los estados en Estados Unidos y del caso Kelo v. City of New London, (2005). Ese caso llegó al Tribunal Supremo y su falló adverso a la comunidad provocó que 44 legislaturas estatales adoptaran reformas que limitaron el uso del “dominio eminente” o “expropiación forzosa”.

En el caso de Puerto Rico, el Instituto expone que el problema principal con la legislación de expropiación forzosa –que data de 1903– es que se puede utilizar en esencia para cualquier objetivo que quieran el gobierno y los municipios. El caso de la comunidad de Santurce, y muchos otros, comprueba la denuncia del informe de que los municipios pueden expropiar y han expropiado propiedades para cualquier propósito que se considere un “propósito público”, incluidos centros comerciales, restaurantes, viviendas de lujo, etc. Los municipios adquirieron el poder de expropiación mediante la Ley de Municipios Autónomos en el 1991 y, tan recientemente como en el 2017, esta fue enmendada (LN 83- 2017) para ampliar el poder de expropiación de todo aquello que el municipio considere estorbo público.

El informe recoge que la Legislatura de Puerto Rico acaba de aprobar el proyecto del Senado 926, que amplía las facultades de la expropiación forzosa del gobierno, al otorgarle a la Administración de Tierras la capacidad de celebrar acuerdos con municipios, desarrolladores privados y a otras agencias gubernamentales para efectuar iniciativas privadas de desarrollo económico en propiedades expropiadas. El proyecto también permite expropiar a nombre de los municipios. Este mecanismo –advierte el JI– crearía una laguna jurídica para eludir de manera efectiva la Ley de Comunidades Especiales, además de convertir a la AT en un intermediario o broker para desarrolladores privados.

A la luz de todo el análisis sobre las leyes de expropiación y ante “una oleada de miles de millones de dólares en fondos federales de Subsidios Globales de Desarrollo Comunitario ( Community Development Block Grant) el gobierno puertorriqueño está ahora más capacitado que nunca para expropiar propiedad para el desarrollo privado”, denuncia el Instituto. A esto se añade la denuncia hecha por otros sectores de que los alcaldes ya están presentando planes para reubicar comunidades y construir desarrollos privados, incluidos desarrollos turísticos y cines.

El proyecto 926

El proyecto PS 936 que pasó bajo el radar público, se encuentra ante la consideración de la firma del Gobernador desde el 13 de julio. La medida fue presentada por petición por el senador Miguel Romero, tan recientemente como el 3 de mayo, y aprobada entre el 23 y 25 de junio, primero en el Senado y luego en la Cámara.

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