Zonas de oportunidad: ¿Para quiénes? 

 

Por Cándida Cotto/CLARIDAD

ccotto@claridadpuertorico.com 

A la designación de todo Puerto Rico como una “Zona de Oportunidad” (mediante la Sección 1400Z-1 (b) (3) del Código de Rentas Internas Federal) la pregunta que sigue sería, “zonas de oportunidad ¿para quiénes?” 

Para el planificador David Carrasquillo Medrano, esta designación plantea una serie de interrogantes que todos deberíamos hacernos como son: ¿Por qué se designó a toda la isla como “zona de oportunidad”; cómo esto encaja con la política pública y cómo encaja con los procesos de recuperación del país? Es obvio que esta designación está ligada a la asignación de los llamados fondos de recuperación de desastre para el desarrollo comunitario, los CDBG-DR. Según lo aprobado estos fondos son un total de $1mil 500 millones. 

Las “Zonas de Oportunidad” es un programa de exenciones contributivas para inversionistas que forma parte de la reforma contributiva del presidente Donald Trump y fue aprobado en mayo en el Congreso. En una charla ofrecida en el espacio comunitario conocido como Pública, en Santurce, Carrasquillo Medrano, señaló los aspectos relevantes de lo que significa la definición de “Zonas de Oportunidad”. Para empezar, según la ley, un proyecto prioritario en zonas de oportunidad significa una industria o negocio u otra actividad de producción de ingresos que aportará a la diversificación, recuperación o transformación social y económica de la comunidad de la zona elegible. 

Un “proyecto prioritario residencial elegible”, es un proyecto en una zona de oportunidad que tenga un componente importante de vivienda de interés social. Una “zona elegible” significa un área de Puerto Rico designada como zona de oportunidad y que ha sido designada como tal por el Comité de Proyectos Prioritarios. 

La selección de cuáles serían los proyectos prioritarios estará en manos de un llamado Comité de Proyectos Prioritarios, adscrito a la Oficina del Gobernador. Hasta el presente se sabe que serán miembros de este comité, Christian Sobrino, como director de la Autoridad de Asesoría Financiera y Asesor Financiero, el Oficial de Inversiones, Gerardo Portela, el director de la Alianza Público Privadas (APPs) Omar Marrero, el secretario de Desarrollo Económico (DDEC), Manuel Laboy. Un representante por parte del Senado y otro de la Cámara, todavía no se sabe quiénes son (al menos públicamente), y otros dos representantes nombrados por el Gobernador. Incluso el Presidente le podría pedir al Gobernador que nombre otras dos personas adicionales, para atender asuntos particulares, según la naturaleza del negocio solicitado. El Comité podrá redactar su propio reglamento sin tener que seguir la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Las reuniones del Comité no podrán proceder sin al menos un legislador y las recomendaciones se harán en un informe final al secretario de DDEC, quien aprobará o denegará la solicitud. La creación de este Comité fue mediante legislación de Puerto Rico. 

Carrasquillo Medrano presentó que es preocupante la composición de este comité ya que todos responden de manera directa al Gobernador o a la Legislatura, a costa de que se elimina la participación de otras agencias como la Junta de Planificación (JP), la Oficina de Gerencia de Permisos (OGP), a los mismos municipios, e incluso los procesos de participación ciudadana. “Estos mismos funcionarios son aquellos responsables de promocionar la política pública de las Zonas de Oportunidades y han servido como promotores de estas teniendo interacciones directas con inversionistas quienes serán los solicitantes de proyectos a ser evaluados por el Comité de Proyectos Prioritarios”, denunció. 

Levantó bandera de preocupación además a que por un periodo indefinido los proyectos estarían dispensados de la aplicación de las leyes como la de permisos, de la JP, de las leyes de Municipios Autónomos y de los Procedimientos Administrativos Uniformes. Estas exclusiones dejarán las decisiones sobre los proyectos apuntó Carrasquillo en manos de personas sin el peritaje de los asuntos pertinentes. Trajo a la atención que se supone que la ley penaliza a personas que ejerzan labores profesionales sin estar licenciados para ello, como lo son los planificadores. 

Más aun destacó que es preocupante el que se haya designado el 95% de Puerto Rico como una “zona de Oportunidad” sin tomar en consideración criterios particulares de gran relevancia como lo son el Plan de Uso de Terrenos, Planes de Ordenación territorial Municipales, zonas de riesgo de inundaciones, deslizamientos, zonas de conservación, zonificaciones, planificación existente, la compatibilidad con usos adyacentes, reservas naturales, designaciones históricas entre otras. 

En fin todo parece estar friamente calculado, se privatizan las propiedades de la Compañía de Fomento Industrial (PRIDCO, siglas en inglés), se otorgan $1mil 500 millones bajo los llamados fondos de recuperación de desastre para el desarrollo comunitario (CDBG-DR), se designa a toda la isla como “Zonas de Oportunidades”. 

Información relacionada en la página 6.

Es preocupante la composición de este comité ya que todos responden de manera directa al Gobernador o a la Legislatura, a costa de que se elimina la participación de otras agencias como la Junta de Planificación (JP), la Oficina de Gerencia de Permisos (OGP), a los mismos municipios, e incluso los procesos de participación ciudadana. 

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